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Procuradora de las Mujeres hace requerimiento de información a la UPR

Se le dio un plazo de 15 días al presidente de la institución

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La Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM) dio un plazo de 15 días al presidente de la Universidad de Puerto Rico (UPR), Jorge Haddock, para que entregue información relacionada al manejo y las acciones tomadas por la institución en casos de hostigamiento sexual y querellas de agresión sexual en el Recinto de Río Piedras, trascendió el jueves.

El requerimiento de información y producción de documentos también incluye al rector del Recinto, Jorge Haddock, y a la directora de Recursos Humanos, Gisella Rodríguez.

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“La OPM está realizando una investigación a los efectos de determinar si la UPR se encuentra en cumplimiento o si ha incurrido en alguna violación de las leyes que cobijan los derechos de las mujeres. Nuestro rol es garantizar el pleno desarrollo y respeto de los derechos de las mujeres en su empleo”, afirmó la procuradora de las mujeres, Lersy Boria en comunicación escrita.

En este caso, la investigación se realiza al amparo de la Ley Número 20 de 11 de abril de 2001, según enmendada, conocida como la “Ley de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres”.

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Explicó que como parte del requerimiento de información, la institución deberá proveer, entre otras cosas: copia certificada de la política pública del Recinto con relación al Hostigamiento Sexual en el Empleo, evidencia de la publicación o divulgación de la política de la Universidad en estos casos, protocolo y reglamentos para atender situaciones de hostigamiento sexual o agresión sexual en el empleo, nombre y posición de todo el personal docente designado para atender y recibir los casos reportados, reglamentos sobre los procesos de investigación, cantidad de querellas radicadas, etc. El requerimiento surge a raíz de varios sectores, específicamente en redes sociales alegando casos de hostigamiento y agresiones, entre otras.

“Desde que ocupé el puesto, he sido enfática en la defensa de los derechos de la mujer. No escatimaremos en esfuerzos para lograr que cada institución pública o privada cumpla con la Ley”, afirmó la funcionaria.

De no cumplir dentro del término establecido, la UPR se expone a la imposición de sanciones administrativas de una multa de hasta 10,000 dólares por cada violación conforme al artículo 4.3 del Reglamento Número 8454-2014, Reglamento Sobre Procedimientos Investigativos y Adjudicativos de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres.

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