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Proponen ley para proteger a madres estudiantes

Busca ofrecer un permiso de sabática académica

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El Portavoz senatorial del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP), Juan Dalmau Ramírez, radicó una medida legislativa que busca establecer la “Ley para la protección de madres estudiantes”.

El Proyecto del Senado 1140 persigue instituir el ’Permiso de sabática académica por maternidad’ y aportar a la erradicación del discrimen en contra de las madres estudiantes universitarias, así como garantizar su acceso a bienes y espacios sociales.

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“Las madres estudiantes constituyen un sector desprotegido en los entornos académicos en muchos aspectos. Las mujeres constituyen alrededor del cincuenta y seis por ciento (56%) del estudiantado universitario en la jurisdicción puertorriqueña. Sin embargo, las estadísticas demuestran que el mero acceso inicial a una institución educativa, sin una red jurídica de apoyo ajustada a sus necesidades, no siempre es suficiente para que las universitarias puertorriqueñas lleven a cumplimiento su objetivo de alcanzar los grados aspirados”, expresó Dalmau mediante declaraciones escritas.

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El legislador independentista subrayó que “la ley para la protección de madres estudiantes ofrecerá a madres estudiantes un paréntesis de un año en la vida académica para aquellos casos en que éstas, voluntariamente, deseen acogerse a un espacio de reconstitución que les permita: (1) acoplarse a los cambios de horario que la maternidad implica, (2) reajustar las dinámicas familiares, (3) experimentarse en el cuidado del recién nacido, (4) redistribuir las tareas domésticas entre los componentes del núcleo familiar, (5) propiciar una convivencia que propenda al mejor bienestar de la niñez, (6) tener la oportunidad de practicar la lactancia -lo que aumenta la probabilidad de prosperar de un país al reducir los costos de atención médica y producir una fuerza laboral más fuerte y capaz- y retomar sus estudios luego de cumplido el año sin penalidades”.

El permiso de sabática académica por maternidad instituido mediante esta Ley deberá ser reconocido en todas las instituciones de educación superior y para todos los grados a conferirse. El permiso de sabática académica por maternidad será reconocido, a solicitud de una madre estudiante, por toda universidad, liceo, instituto, facultad o institución académica de nivel superior que hubiere establecido términos temporales para la obtención de grados, o para la caducación y/o prescripción de créditos académicos previamente otorgados.

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