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Amplio debate entre jueces del Tribunal Supremo sobre reforma educativa

Emiten cuatro opiniones a favor y dos en contra de la implementación de las escuelas chárteres y vales educativos

Law and Justice concept. Mallet of the judge, books, scales of justice. Law and Justice concept. Mallet of the judge, books, scales of justice. Gray stone background, reflections on the floor, place for typography. Courtroom theme. (Micha? Chodyra/Getty Images/iStockphoto)

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El Tribunal Supremo revocó al Tribunal de Primera Instancia y dio paso a la implementación de las escuelas chárteres y los certificados, o vales, para que los padres puedan matricular a sus hijos en escuelas privadas.

Como resultado de la disputa judicial, cinco jueces conformaron la mayoría en validar las disposiciones de la reforma educativa, mientras que otros tres jueces emitieron una opinión disidente. El juez Roberto Feliberti Cintrón se inhibió.

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El juez Edgardo Rivera García, en su opinión de conformidad, a la que se unieron Mildred Pabón Charneco, Erick V. Kolthoff Caraballo y Luis Estrella Martínez, determinó la constitucionalidad de los vales por entender que no se sostendrán a las escuelas privadas si no que el certificado será para los padres con niños en escuelas.

Lee la opinión de Rivera García

OPINIÓN DE CONFORMIDAD E.R.G. by Metro Puerto Rico on Scribd

La Constitución establece que “no se utilizará propiedad ni fondos públicos para el sostenimiento de escuelas o instituciones educativas que no sean las del Estado”.

En ese sentido, la jueza Anabel Rodríguez Rodríguez, en su opinión disidente, destacó que “la mayoría parece entender que hasta tanto la totalidad de los estudiantes de dichas escuelas sea subvencionada por los referidos certificados, no se estará ante un sostenimiento, sino ante un simple beneficio. Es decir, si en una escuela privada cuya matrícula es de 500 estudiantes, y solo 499 de estos reciben “certificados de ayuda”, no cabe hablar de que el Estado sostiene esa escuela… Así de desatinado e incongruente es el razonamiento mayoritario”.

Lee la opinión de Rodríguez Rodríguez

OPINIÓN DISIDENTE A.R.R. by Metro Puerto Rico on Scribd

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El juez Rivera García también cita múltiples casos del Tribunal Supremo de Estados Unidos que resolvió el caso a favor de los vales.

Sin embargo, Rodríguez Rodríguez cuestionó tal interpretación pues criticó que se utilicen ejemplos de la judicatura norteamericana para analizar una cláusula de la Constitución puertorriqueña.

El Tribunal Supremo emitió la sentencia el pasado 9 de agosto cuando validó además las escuelas chárteres.

SENTENCIA Tribunal Supremo de reforma educativa by Metro Puerto Rico on Scribd

La determinación ha sido criticada por diversos representantes sindicales que rechazan la opinión del Supremo.

La presidenta de la Asociación de Maestros (AMPR), Aida Díaz, se refirió a la decisión del Tribunal Supremo, y dijo que “esperábamos esa decisión y es lamentable porque albergábamos la esperanza de que hubiera justicia”.

Díaz sostuvo que la determinación “es sentencia, no opinión, o sea no hay jurisprudencia. Eso significa que, contrario a lo que dicen en algunos medios, no se revocó. Lo trataron sin vinculación al caso del 1993”.

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