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20 años de prisión para hombre que violó a su nieta de 11 años

El hombre cometió el acto tres veces

Un hombre que violó tres veces a su nieta de 11 años mientras veía películas pornográficas fue condenado a 20 años de prisión por mandato de los jueces del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, en República Dominicana.

El expediente detalla que el delito ocurrió en tres ocasiones durante el año escolar 2015-2016, en el sector Cristo Rey, ubicado en la zona norte de la capital, donde se localiza la residencia de los abuelos paternos de la menor, lugar al que la niña acudía con frecuencia y siempre estuvo cerca de ellos desde su nacimiento.

El agresor, cuyo nombre se omite para proteger la identidad de la menor, aprovechaba los momentos en que se quedaba solo en la casa con su nieta, la llevaba a su habitación, ponía películas pornográficas y luego procedía a quitarle la ropa y violarla, conforme expusieron ante el tribunal las procuradoras fiscales litigantes María Silvestre y Rosa Alba García.

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“El acusado manipulaba a su nieta para que no contara lo sucedido, diciéndole que si ella hablaba iba a ocurrir un problema en la familia y que su abuela podía morirse del corazón, esto en virtud de que la víctima sabe que su abuela padece problemas cardíacos”, manifestó la procuradora fiscal investigadora Yumilka Brea.

La evaluación psicológica que el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) realizó a la víctima arrojó que a causa de estos hechos ésta “presenta sintomatología relacionada al cuadro de ansiedad y depresión, manifestándose con aislamiento. No socializa con sus compañeras de colegio, tiene temor, tristeza, llora con facilidad, ojos llorosos y teme lo que pueda suceder con su familia”.

Los jueces Teófilo Andújar, Claribel Nivar y Deiby Peguero ordenaron que el acusado cumpla la condena de 20 años en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres en la provincia San Cristóbal (sur).

La conducta del acusado fue calificada por el Ministerio Público como incesto, delito previsto y sancionado por el artículo 332-1 del Código Penal Dominicano y el artículo 396 literales B y C de la Ley 136-03.

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