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Sugieren a Justicia y Ética Gubernamental incluir a Rosselló en informe sobre hostigamiento sexual

Por supuestamente, tener conocimiento de escándalo sexual en la Compañía de Turismo

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Tras conocerse que el gobernador Ricardo Rosselló Nevares “tenía conocimiento del escándalo de hostigamiento sexual en la Compañía de Turismo”, Ingrid Colberg, subsecretaria del Partido Popular Democrático (PPD) y Karla Angleró, comisionada alterna del PPD ante la Comisión Estatal de Elecciones, sugirieron que el mandatario también debe ser referido al Departamento de Justicia y la Oficina de Ética Gubernamental.

“El informe de la Procuraduría de la Mujer sobre el hostigamiento sexual ocurrido en Turismo debe incluir a Rosselló.  Las declaraciones de su principal asesor económico, Christian Sobrino, son muy serias y apuntan directamente al gobernador”, afirmaron las funcionarias del PPD.

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Para ellas, resulta “inaceptable que el primer mandatario tuviera conocimiento de una conducta inmoral, ilegal y antiética por parte de uno de sus funcionarios, y no haya tomado acción. Al contrario, se tomaron represalias contra todo aquel que denunció este patrón de hostigamiento”.

Asimismo, dijeron que “los asesores del gobernador que no implementaron el protocolo en este caso, entiéndase el propio Sobrino y  el asesor legal de Rosselló, Alfonso Orona, deben estar fuera de sus posiciones”.

Explicaron que “la ley en Puerto Rico es clara e inequívoca al establecer que el hostigamiento sexual en el empleo es una forma de discrimen por razón de sexo y, como tal, constituye una práctica ilegal e indeseable que atenta contra el principio constitucional establecido de que la dignidad del ser humano es inviolable” (artículo 1 de la Ley 17-1988, según enmendada).

Se ha resuelto que la obligación patronal de mantener un ambiente de trabajo libre de actos de hostigamiento sexual es continua y prosigue, en cuanto a cada empleado en particular, hasta su último día de trabajo.

Ese deber del patrono no se limita a corregir situaciones pasadas de hostigamiento sexual, sino a prevenir que ocurran en el futuro (Sánchez et al. v. A.E.E., 142 D.P.R. 880).

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“Sobrino, Orona y el director de recursos humanos de Turismo, Giovanni Narváez,  se convirtieron en cómplices de un funcionario que atentó contra la dignidad de otra persona en su ambiente de trabajo. No darle paso a los procesos internos que se establecen por mandato de ley es encubrir, validar y atentar por indiferencia contra la dignidad de las víctimas”, argumentaron.

Apuntaron que “para empeorar la situación, ahora vemos por qué el gobernador fue demasiado débil y permisivo con esta conducta que se trajo ante su consideración: prefirió proteger a su amigo y exdirector de Turismo, José Izquierdo, en lugar de hacerle justicia a las empleadas afectadas”.

Colberg y Angleró añadieron que el despido del hostigador no es suficiente. “Se requiere el despido inmediato de quienes tuvieron la oportunidad de actuar, de vindicar la política pública, de mantener la inviolabilidad de la dignidad del ser humano. El encubrimiento, y hacerse de la vista larga, no puede tolerarse ni premiarse”.

Las políticas del PPD esperan que “el Departamento de Justicia y Ética actúen a la altura que requiere este asunto tan serio y no cedan a las presiones políticas”.

Finalmente, exigieron “se ausculte la posible comisión de un delito contra la función pública, ya que las acciones de estos funcionarios al obviar la aplicación de una política pública impuesta por ley fue de tal magnitud que tiene el potencial de costarle mucho dinero al pueblo de Puerto Rico en demandas”.

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