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Justicia opina cláusula que compromete a la Junta en medida que deroga la Ley 80 es constitucionalmente válida

Y si incumple los acuerdos queda sin efecto la derogación

LA DESIGNADA, SECRETARIA DE JUSTICIA, WANDA VAZQUEZ. PROCURADORIA DE LA MUJER. FOTO DENNIS A. JONES METRO PR 5 DE DICIEMBRE DEL 2016 (DENNIS A. JONES)

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La secretaria de Justicia, Wanda Vázquez Garced, emitió una consulta legal solicitada por el gobernador Ricardo Rosselló Nevares, sobre la constitucionalidad de la Cláusula de Vigencia incorporada al Proyecto de la Cámara 1634, que establece que las disposiciones de dicha ley quedarán sin efecto si la Junta de Supervisión Fiscal incumple con varios requisitos.

En la opinión legal se indica que se determinó que no hay impedimentos constitucionales para que se incorpore la misma.

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En dicha consulta, la secretaria de Justicia indicó que, basado en casos como Herrero Jr. y otros v. Alcaraz Emmanuelli y otros, el Tribunal Supremo dispuso en dicha decisión que “así como la Asamblea Legislativa tiene facultad de sujetar la vigencia de una ley a un plazo, puede igualmente sujetarla a una condición o evento futuro”, se indicó en declaraciones escritas emitidas esta noche.

Agrega que es una “facultad inherente” reconocida por la Legislatura.

El Tribunal Supremo aclara que la potestad de la Asamblea Legislativa para condicionar la vigencia de las leyes no es irrestricta, ya que toda vigencia o efectividad impuesta de una ley deberá ser compatible con la Constitución de Puerto Rico.

“No encontramos impedimentos constitucionales a que se incorpore la cláusula de vigencia contenida en el P. del S. 1011, texto aprobado por la Cámara de Representantes al 14 de junio de 2018. En este caso, la ley será efectiva inmediatamente. Contrario a lo discutido en el caso Herrero, tendrá vigencia inmediata, empero, quedará sin efecto en caso de que la Junta de Supervisión Fiscal incumpla con los acuerdos allegados. Lo que tomaría la medida en una innecesaria en este momento”, lee la carta de la Secretaria de Justicia.

La opinión legal establece que las disposiciones de dicha ley quedarán sin efecto si la Junta de Supervisión Fiscal incumple con asignar en los próximos presupuestos las partidas acordadas con el Gobierno de Puerto Rico, incluyendo: el bono de Navidad de los empleados públicos, el fondo de $25 millones para becas de estudiantes de la Universidad de Puerto Rico; la asignación de $50 millones anuales para desarrollo económico de los municipios; y la asignación de $345 millones en un fondo multianual de cinco años de vigencia.

La legislación busca que se honren los acuerdos en beneficio del pueblo de Puerto Rico y que claramente surgen de la exposición de motivos de la medida.

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