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Denuncian acuerdo de compensación por despido injustificado de Jaresko

La dicha compensación sería de hasta 216 mil dólares

El representante Jesús Manuel Ortiz denunció hoy que el contrato de la directora ejecutiva de la Junta de Supervisión Fiscal, Natalie Jaresko, contiene una cláusula de protección laboral que le concede una compensación económica de entre cuatro y siete meses de salario en caso de que sea separada de su cargo sin justa causa.

Esto equivaldría a un pago máximo de 216,666 dólares.

El legislador del Partido Popular Democrático (PPD) hizo la denuncia al presentar el contenido del contrato de Jaresko que fuera firmado por el propio presidente de la JSF, José Carrión III, en marzo de 2017.

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“Esto constituye un acto de hipocresía monumental. Mientras el gobernador, el presidente de la Junta de Supervisión Fiscal, José Carrión III, y la directora ejecutiva Natalie Jaresko reclaman la derogación de la Ley 80, que establece una compensación a los trabajadores que son despedidos sin justa causa, la JSF le garantiza la misma protección a la directora ejecutiva con beneficios aún mayores que los que contempla la ley”, afirmó.

Luego cuestionó: “¿Con qué estatura moral reclaman la derogación de esa ley si ellos usan la misma estructura legal para proteger a sus empleados”.

El dirigente del PPD presentó copia del contrato de Jaresko suscrito por Carrión y la propia directora ejecutiva el 20 de marzo de 2017. En la página seis del contrato, inciso b, se dispone sobre los procesos de terminación del empleo bajo las dos premisas similares que existen en la Ley 80; estas son: la terminación del empleo por justa causa y sin justa causa.

Sobre esta última, el texto del contrato de Jaresko dispone lo siguiente:

“Sesenta (60) días después de (i) la entrega de una notificación escrita por parte de la Junta al ejecutivo (Jaresko) de una terminación involuntaria sin causa; o (ii) la entrega de una notificación escrita por parte del ejecutivo a la Junta de su renuncia voluntaria. Tras una terminación sin causa iniciada por la Junta bajo la sección S (b) (i), el ejecutivo (Jaresko) tendrá derecho a indemnización por despido de acuerdo con la siguiente fórmula”:

1) Pago base de siete meses como indemnización en el evento que la terminación sin causa ocurre antes del 20 de marzo de 2018 del plazo de empleo, pagada en el transcurso de siete meses consistente con las prácticas de nómina de la Junta.

2) Pago base de cuatro meses como indemnización en caso de que la terminación sin causa ocurra el 20 de marzo de 2018 o después, pagada en el transcurso de cuatro meses, de conformidad con las prácticas de nómina de la Junta.

Cualquier indemnización por despido descrita en esta sección 8 (b) sólo será pagadera si el ejecutivo(a) entrega a la Junta y no revoca una liberación general de todas las reclamaciones a favor de la Junta, sus miembros, funcionarios y empleados, en una forma satisfactoria” (contrato Carrión-Jaresko 2017, página 6).

El legislador del PPD sostuvo que “esa parte del contrato de Jaresko está escrito casi de forma idéntica a las disposiciones de la Ley 80, que protege a los trabajadores de despidos injustificados, toda vez que el texto contiene las causas de despido justificado enumeradas y sin compensaciones adicionales, así como las compensaciones económicas cuando la terminación es sin justa causa”.

La Ley 80 dispone hasta tres meses de salario para los trabajadores despedidos sin justa causa, mientras que el contrato de Jaresko le garantiza el pago de siete meses si su cancelación ocurría en o antes del 20 de marzo de 2018 (lo que no ocurrió), por lo que la cláusula ahora dispone de una compensación de cuatro meses de salario, lo que se traduciría en un pago de 216,666 dólares.

“El gobernador tiene que expresarse de inmediato sobre si favorece que mientras él, Carrión y Jaresko impulsan quitar protecciones a miles de empleados de la empresa privada, se le garantice esa misma protección a la directora ejecutiva de la JSF”, expresó finalmente Ortiz.

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