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Senadora busca nuevas regulaciones para el aborto

Un borrador de proyecto que lleva su nombre, y que Metro obtuvo a través de una fuente, establece que los estatutos del Código Penal al respecto son "letra muerta"

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Un borrador de proyecto de ley, que contiene el nombre de la senadora del Partido Nuevo Progresista (PNP) Nayda Venegas Brown y que sería referido a la Comisión de Asuntos de la Mujer de la Cámara Alta, busca mayores restricciones para el aborto en Puerto Rico, aun cuando el Tribunal Supremo de los Estados Unidos y el Código Penal de la isla regulan el asunto.

La pieza, además de reiterar que el aborto es ilegal después de los primeros tres meses de embarazo cuando no existe una razón médica para el mismo, impondría sobre la clase médica nuevos estatutos que de violarse acarrearían cárcel, y regula la interrupción de la preñez en mujeres menores de edad.

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La exposición de motivos del borrador reconoce que en el caso Roe v. Wade el Tribunal Supremo decidió que “el derecho a la intimidad de la mujer es suficientemente amplio” para que, junto a su doctor, decida sobre la culminación de su embarazo durante el primer trimestre. No obstante, más adelante, dice que “el derecho no es absoluto” y que el Estado tiene un “interés preponderante” en preservar la salud de la madre.

Asimismo, menciona que el Artículo 99 del Código Penal criminaliza el aborto luego del primer trimestre, pero que ha sido “letra muerta”. Por tanto, Venegas Brown colocó en blanco y negro que el aborto en la isla será ilegal después de las 20 semanas. La pena fija por un médico violar esta disposición serían 15 años de cárcel.

Además, el médico no podrá realizar un aborto “a menos que certifique por escrito que la mujer dio su consentimiento informado”. Al menos 48 horas antes del procedimiento, el galeno deberá entregarle material informativo a la mujer que explique, entre otros asuntos, que “el aborto terminará la vida de un ser entero, separado y único”. También se deben incluir todos los riesgos médicos relacionados a la interrupción del embarazo. De no hacerlo, al médico se le impondría una pena de tres años de cárcel.

En las instalaciones donde se lleven a cabo abortos, la legislación impone un aviso visible que leería: “AVISO: Nadie puede obligarla a tener un aborto. Es contra le ley que un cónyuge, un novio, un padre o madre, consejero, un amigo, un proveedor de atención médica o cualquier otra persona de alguna manera le obligue a tener un aborto”.

La violación a este estatuto significaría un delito menos grave, así como una multa de $5,000 diarios.

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De aprobarse el borrador propuesto por Venegas Brown, los médicos estarían obligado a ofrecerle una ecografía a la fémina embarazada, en la que se muestren las extremidades del feto y los latidos del corazón.

“…contiene las dimensiones del feto, y retratar con precisión la presencia de miembros externos y órganos internos, incluidos los latidos del corazón si está presente o visible, del niño por nacer”.

De otra parte, el proyecto también indica que ninguna menor tendrá posibilidad de someterse a un aborto sin el consentimiento de sus tutores legales. De no estar disponibles o negarse a darle el permiso, la menor tendrá que solicitar una resolución de un juez permitiendo la acción.

Aquí puedes leer el borrador que obtuvo Metro a través de una fuente:

Proyecto sobre nuevas regulaciones para el aborto by Metro Puerto Rico on Scribd

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