El Registro Demográfico y Estadísticas Vitales del Departamento de Salud informó que en 2017 en Puerto Rico contrajeron nupcias 12,782 personas.
De estas, 430 fueron novios y 586 novias entre 15 a 20 años, mientras que 11,766 fueron adultos de 21 años o más.
PUBLICIDAD
La información fue dada a conocer en una audiencia pública de la Comisión de Salud de la Cámara, que preside el representante Juan Oscar Morales Rodríguez, en torno al proyecto 1183, cuyo fin es crear la “Ley Especial para Agilizar y Simplificar los Procesos para Contraer Matrimonio en Puerto Rico”.
La medida, de la autoría del representante José Enrique Meléndez, obliga a los encargados de los registros demográficos en Puerto Rico, a expedir certificados o licencias para contraer matrimonio a aquellas personas que cumplan con la entrega de una declaración jurada en la que ambos contrayentes den fe de cumplir con ciertas disposiciones y requerimientos en el Código Civil.
Actualmente, a los contrayentes se les requiere presentar ante un registrador documentos suplementarios que constan de licencia médica para contraer matrimonio, certificada por un médico autorizado, resultado de laboratorios clínicos, los formulario RD2014-3 completado en todas sus partes e identificación con foto expedida por el estado o país de residencia.
También deben presentar tarjeta de seguro social, sello de rentas internas de 20 dólares, certificados de nacimiento, la última sentencia de divorcio de corresponder y, en caso de viudez, el certificado de defunción del cónyuge, si no falleció en Puerto Rico. La información tiene que ser entregada a los registradores para verificarla.
Sobre los requisitos, Morales Rodríguez anticipó que “el requisito del certificado médico demostrativo de que no sufren enfermedades no es negociable. Es un requisito que va a prevalecer en el proyecto”.
PUBLICIDAD
Coincidieron con la opinión, la directora del Registro Democrático en representación del Departamento de Salud, Wanda Llovet y el presidente del Colegio de Médicos Cirujanos, Víctor Ramos Otero.
Ramos Otero expresó que el certificado existe como un recurso médico social para prevenir las enfermedades de transmisión sexual y enfermedades que, incluso, puedan ser perjudiciales a la descendencia.
“El Estado tiene la responsabilidad de socializar la idea de protección, de la prevención y del conocimiento de condiciones que puedan poner en riesgo a las personas. No podemos partir de la premisa de que todos los contrayentes son responsables o consientes. Existen condiciones médicas cuyo desconocimiento puede implicar la muerte de una persona, como los es la Hepatitis C, el HIV, o el Sida”, aseveró.
Mientras, Llovet explicó que en Puerto Rico existen dos procedimientos para solicitar licencias matrimoniales que dependen si los contrayentes son o no residentes de Puerto Rico.
Esto, porque los residentes en la Isla tienen que cumplir con los requisitos médicos locales y los no residentes con los de su país de procedencia.
Indicó que podría causar un problema de salud pública, “ya que la certificación médica o laboratorios son indispensables para poder detectar enfermedades transmisibles sexualmente”.
Entretanto, el presidente de la Comisión de Derecho Civil del Colegio de Abogados, eHéctor Serrano Mangual, recomendó que se revise la edad permitida para contraer matrimonio.
Según trascendió, en Puerto Rico las niñas de 14 años pueden casarse con el consentimiento de sus padres y el varón a los 17 años. “En cuanto a las edades no se pueden cambiar en el proyecto. Tiene que enmendarse el Código Civil para ello.
Al presente lo estamos contemplando en un Comité que pertenecemos y la representante María Milagros Charbonier lo va a estar evaluando para que se atempere en el Código Civil lo de las edades”, dijo.
En cuanto a la sentencia de divorcio, el representante Morales Rodríguez señaló que se puede agilizar el proceso para presentarlo mediante una declaración jurada.
“Puede ser a través de algún web que ponga la Administración de Tribunales. Es una buena posibilidad discutida en la vista pública. Pero el certificado médico no. Otra cosa que tenemos que hacer es actualizar las pruebas de laboratorios. Son pruebas que datan desde 1932 y son enfermedades que no prevalecen en Puerto Rico. Tenemos que actualizarlas al tiempo con enfermedades como HIV, gonorrea, sífilis, entre otras”, manifestó.