Todo parece indicar que el voto simbólico por el presidente de Estados Unidos, impulsado por el gobernador Ricardo Rosselló, continuará siendo simbólico, al menos por el momento. Y es que el Séptimo Circuito de Apelaciones del Tribunal Federal determinó que los residentes de Puerto Rico, Guam y las Islas Vírgenes de EE. UU. no tienen derecho a ejercer dicho voto fuera de alguno de los 50 estados y que esa determinación no constituye ninguna violación a la Constitución de los Estados Unidos.
“A falta de una enmienda constitucional, solo los residentes de los 50 estados tienen derecho a votar en las elecciones federales”, escribió el juez Daniel Manion, en representación de un panel de tres jueces.
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La demanda había sido presentada por seis exresidentes de Illinois que viven en Puerto Rico, Guam y las Islas Vírgenes de EE. UU., que buscaban que el Tribunal les reconociera el derecho a emitir votos en ausencia en su estado anterior, es decir, en el estado en el que residían antes de mudarse a alguno de los territorios.
Sin embargo, en la opinión emitida el 18 de enero, el juez afirmó que “los demandantes no tienen ningún derecho especial, simplemente por haber vivido en un estado”. La decisión surgió precisamente dos días antes de que el gobernador Rosselló firmara un proyecto de ley para que los ciudadanos estadounidenses residentes en Puerto rico emitan un voto simbólico por el presidente y vicepresidente de Estados Unidos, el mismo día de elecciones generales en la isla.
“Hemos atendido grandes retos económicos y fiscales durante poco más de un año. Para mitigar el efecto de estos retos hemos tomado medidas efectivas para incentivar la economía y atender nuestra situación fiscal. No obstante, para salir de estos problemas de forma definitiva tenemos que terminar con nuestra relación colonial con los Estados Unidos que nos impide tener los recursos y mecanismos para atender nuestras necesidades”, expresó el primer mandatario.
Fortaleza indicó que la medida busca crear conciencia y presionar a los políticos y ciudadanos americanos que viven en los 50 estados sobre “la condición colonial de Puerto Rico que usurpa poderes políticos a los ciudadanos americanos residentes en la isla”.
De acuerdo a una publicación de Courthouse News, el juez también se hizo eco de la preocupación expresada por el Segundo Circuito de que extender los derechos a algunos residentes de los territorios, pero no a los residentes nacidos allí, crearía una clase de “súper ciudadanos” que pueden votar por presidente, mientras que otros no.
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Para el abogado y profesor de Ciencias Políticas, Phillip Escoriaza, la decisión es clara.”Reitera lo que ya se ha decidido en otras ocasiones y es que la Constitución de Estados Unidos establece que el presidente se elige por los electores de los estados”, apuntó el profesor. “La decisión del séptimo circuito no tiene ningún impacto para Puerto Rico, no quita derechos ni añade derechos”, añadió.
Asimismo, Escoriaza indicó que la nueva decisión –que solo aplica en los estados que están en el Séptimo Circuito– reafirma que en los territorios los ciudadanos de Estados Unidos no tienen todos los derechos de los cuales gozan cuando están en los estados, en la misma línea de lo que afirman los Casos Insulares.
“Es otra manera de afirmar que en los territorios los derechos pueden ser más limitados y que con simplemente mudarte de vuelta a los estados, recuperas todas las protecciones de la Constitución federal”, explicó el abogado.
El próximo paso para los demandantes es solicitar al Tribunal Supremo que atienda el caso, aunque Escoriaza dijo que es muy poco probable que el máximo foro judicial atienda esta disputa.