Con el propósito de mantener “la puerta abierta para quienes entiendan que necesitan la prueba de ADN para poder demostrar su inocencia”, el presidente de la Cámara de Representantes, Carlos ’Johnny’ Méndez Núñez, anunció que en la sesión de mañana se aprobará una enmienda en la ley para establecer que el término para presentar una moción de solicitud de análisis comenzará a contarse a partir del momento en que la persona peticionaria adviniera en conocimiento de información que la sustente.
Un Informe de la Comisión de Gobierno de la Cámara avala la aprobación del proyecto de la Cámara 1379, introducido por Méndez Núñez —del cual también es coautor el representante José “Quiquito” Meléndez Ortiz— la pasada semana para enmendar el Artículo 4 de la Ley 246-2015 para que el término de 12 meses comience a ser contado a partir de que la persona, o su representación legal, advenga en conocimiento de la evidencia que le permite sustentar la petición.
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“Esto va a permitir una fecha cierta para ejercer el derecho, pero a la vez hace justicia para que personas, que por alguna razón u otra no han podido ejercer el derecho lo puedan hacer y sometan su caso ante la justicia”, señaló el presidente legislativo.
La versión final de la pieza establece que de existir evidencia que pretenda ser analizada bajo el amparo de la nueva ley y la misma se encuentre bajo la custodia de cualquier entidad pública que no pueda acceder la defensa, el peticionario podrá solicitar, mediante moción, el traslado de esa evidencia al Negociado de Ciencias Forenses.
Esta enmienda establece, además, que todas las disposiciones contenidas en la nueva ley entrarían en vigor retroactivamente, para que las mismas tengan efectividad el día 29 de diciembre de 2015 —fecha en que se aprobó la ley.
El proyecto de ley reitera, además, la discreción de la Rama Judicial a decidir sobre la solicitud de prueba de ADN de cada persona, con la debida comparecencia del Ministerio Publico en favor de Estado.
El 29 de diciembre de 2015 se aprobó la “Ley de Análisis de ADN Post Sentencia”, considerada de justicia social para quienes cumplen sentencias en el sistema correccional de Puerto Rico y que por alguna razón entienden que debe realizarse un análisis de ADN para determinar que la sentencia por la cual están cumpliendo reclusión pudiera revocarse.
La nueva medida legislativa recibió el apoyo de la Escuela de Derecho de la Universidad Interamericana de Puerto Rico y su decano, Julio Fontanet Maldonado, también director del Proyecto Inocencia.