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Costa Rica dará paso al matrimonio gay

Esto abriría las puertas para que parejas del mismo sexo puedan acceder a créditos como una unidad familiar, recibir herencias y beneficios de sus parejas, e inclusive, adoptar niños

SAN JOSÉ (AP) — Costa Rica anunció el martes que acogerá una opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para implementar el matrimonio entre parejas del mismo sexo y la igualdad en el reconocimiento de derechos a todas las personas sin distinguir su orientación sexual.

Esto abriría las puertas para que parejas del mismo sexo puedan acceder a créditos como una unidad familiar, recibir herencias y beneficios de sus parejas, e inclusive, adoptar niños.

El país centroamericano solicitó esta opinión a la CIDH en mayo 2016 y la respuesta fue notificada el martes. En sus conclusiones, el organismo indicó que “el Estado debe reconocer y garantizar todos los derechos que se derivan de un vínculo familiar entre personas del mismo sexo” y que se debe aplicar el matrimonio “sin discriminación con respecto a las que están constituidas por parejas heterosexuales”.

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La consulta se formuló por iniciativa de la segunda vicepresidenta de Costa Rica, Ana Helena Chacón, quien indicó que el país iniciará los análisis necesarios para decidir por cuáles vías implementará lo dicho por la CIDH.

“Esta opinión consultiva marca un antes y un después en materia de derechos humanos en nuestra región en favor de la población LGTBI. Hoy la CIDH ha dicho que la dignidad humana es una sola y que la igualdad de derechos es indiscutible; no distingue por orientación sexual o identidad de género”, afirmó Chacón.

El director jurídico de la Casa Presidencial, Marvin Carvajal, explicó que la opinión se emite tras preguntas planteadas por Costa Rica a la Corte para definir si la identidad de género es una categoría protegida por la Convención Interamericana de Derechos Humanos, a lo que la entidad respondió que sí en un documento de más de 150 páginas.

La CIDH también indicó que se debe reconocer en los documentos oficiales la identidad de género y el nombre que defina la persona en los documentos oficiales de identidad, para lo cual se le debe garantizar un trámite ágil y privado. Para esto, los tribunales costarricenses deberían interpretar el artículo 54 de su Código Civil de tal forma que las personas transgénero puedan adoptar el nombre que deseen sin más requisito que su voluntad expresa.

Al respecto, la Defensora de los Habitantes, Monserrat Solano, aseguró que existen ocho solicitudes de cambio de nombre de personas transgénero que están suspendidas y que se reactivarán en los próximos días con fundamento en la resolución.

Carvajal acotó que la opinión de la CIDH es de acatamiento obligatorio para todo el Estado costarricense, pues así lo ha reconocido la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia con opiniones anteriores.

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