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Revisarán la efectividad de la Carta de Derecho del Ciclista

Desde la aprobación de la Ley en el 2004, se han realizado tres enmiendas a la Carta de Derechos del Ciclista y Obligaciones del Conductor.

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(El Capitolio)- El Senado abrirá el debate en torno a los derechos de los ciclistas y conductores,con la aprobación de la Resolución 372. La misma ordena que se analice cuál ha sido la efectividad de la Carta de Derecho del Ciclista  y las obligaciones del conductor desde que se implantó la Ley hace más de una década.

La resolución establece además, que se evalúe la necesidad de extender normas de conducta adicionales en los carriles exclusivos para ciclistas.

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La Ley 132-2004, Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico del año 2000, dispone la Carta de Derechos del Ciclista y Obligaciones del Conductor la cual establece como política pública proveer las condiciones que permitan y promuevan el uso y disfrute de la bicicleta como medio de transporte o recreación.

La medida aprobada por el Senado fue sometida a la Comisión de Innovación, Telecomunicaciones, Urbanismo e Infraestructuraque preside el senador Miguel Laureano Correa, para la evaluación exhaustiva de la Carta. La Comisión tendrá que rendir un informe de los hallazgos, conclusiones y recomendaciones en un término de noventa días. La Resolución fue presentada por los senadores Miguel Laureano Correa y Eduardo Bhatia Gautier.

En la Ley que administra la Carta de Derechos, se establece que el Gobierno está comprometido a: educar a los conductores de vehículos sobre la obligación de compartir la vía pública con los ciclistas; educar a los ciclistas sobre la obligación de cumplir con las normas establecidas para el uso y disfrute de todas las áreas públicas; habilitar los edificios públicos con lugares adecuados cerca de las entradas para estacionar las bicicletas, entre otros.

Asimismo, dispone el promover el uso de la bicicleta como medio de transporte, mantener datos relacionados con los accidentes de bicicleta; enmendar aquellas leyes que coloquen a los ciclistas en una posición desventajosa en comparación con los conductores de vehículos de motor.

Y, establece el compromiso de orientar a los funcionarios del orden público, jueces y fiscales sobre el contenido de la Ley; mejorar las calles, caminos y carreteras de forma tal que puedan ser utilizadas por los ciclistas; y desarrollar carriles exclusivos de bicicletas como vías paralelas o vías alternas a una carretera de acceso controlado.

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Desde la aprobación de la Ley en el 2004, se han realizado tres enmiendas a la Carta de Derechos del Ciclista y Obligaciones del Conductor.

“Trece años han pasado desde el establecimiento de esta política pública y, a partir de entonces, cientos de personas utilizan la bicicleta como método de transportación o de recreación; se han establecido carriles exclusivos para ciclistas en varias carreteras para proveer mayor seguridad y se ha logrado mayor conciencia en las carreteras cuando se comparte el espacio del tránsito.  Ahora, es tiempo de analizar la seguridad que conlleva el uso de los carriles “exclusivos” por peatones, vehículos motorizados y usuarios de patinetas en ánimo de actualizar, si procede, las disposiciones de la Carta de Derechos del Ciclista y Obligaciones del Conductor”, afirmó Laureano Correa en declaraciones escritas.

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