El secretario del Trabajo y Recursos Humanos, Carlos Saavedra Gutiérrez, acordó que los patronos tienen hasta el jueves 30 de este mes para solicitar exención del pago del bono de Navidad a sus empleados a tenor con la Ley 148 del 1969.
Las causas para la exención podrían ser: sufrir pérdidas económicas o no haber generado ganancias suficientes durante el periodo comprendido entre el 1ro de octubre de 2016 y el 30 de septiembre de 2017.
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“Queremos recordar a los patronos la importancia del cumplimiento con este requisito a tiempo para poder tomar determinaciones justas para las partes involucradas. Cabe destacar que este año ante los cambios de la reforma laboral, el pago del bono se puede empezar a otorgar desde el 15 de noviembre sin tener que acordarlo con el DTRH, como era en el pasado,” destacó Saavedra Gutiérrez.
Otro elemento nuevo que entra en vigor este año es que se puede acreditar al bono de navidad otras compensaciones adicionales que haya recibido el empleado, siempre y cuando la compensación voluntaria haya ocurrido antes del 1 de octubre de 2017.
Para acogerse a la exención, cada patrono deberá presentar en o antes del 30 de noviembre, evidencia de su estado de situación y el estado de ganancias y pérdidas. El estado de situación podrá ser compilado, auditado o revisado, firmado y sellado en original por un contador público autorizado (CPA) licenciado.
El patrono que no cumpla con los requisitos para solicitar la exención, se verá obligado a pagar la totalidad del bono a sus empleados.
El aviso completo se puede acceder en la internet a través del portal del DTRH:www.trabajo.pr.gov.
Para más información sobre la ley y su reglamento, así como la solicitud de exención, los patronos pueden llamar al (787) 754-2100, extensiones 2451 y 2452. También pueden visitar las oficinas del Negociado de Normas del Trabajo de su región.