El secretario del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH), Carlos Saavedra Gutiérrez, informó que se concedió una prórroga automática a todo patrono obligado a presentar una declaración contributiva para el fondo de desempleo y para el programa de seguro de incapacidad temporal no ocupacional (Sinot).
El pago corresponde al que vencía el 31 de octubre y con la prórroga ahora el término será el 15 de diciembre.
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La extensión de tiempo, según dicta una orden administrativa del secretario del Trabajo, también incluye la presentación de la declaración trimestral de salarios para ambos programas y para el pago de contribuciones correspondientes al tercer trimestre del presente año.
En la orden administrativa del titular del Trabajo se establece que “en vista de la emergencia que sufre Puerto Rico con motivo del paso de los huracanes Irma y María, concedo una prórroga automática para todo patrono obligado al pago de las contribuciones para el sostenimiento del programa de beneficios por desempleo y Sinot, así como a la presentación de las declaraciones contributivas y salariales correspondiente al trimestre que culmina el 31 de octubre de 2017. La prórroga para el cumplimiento de esas obligaciones vence el 15 de diciembre de 2017”.
La Ley de Seguridad de Empleo de Puerto Rico establece un esquema diseñado para atender diversas áreas laborales en Puerto Rico.
Entre ellas, la regulación sobre los beneficios por desempleo y sobre la obligación patronal de pagar contribuciones para el sostenimiento del programa, así como de la necesidad de que los patronos presenten su declaración contributiva e informe sobre salarios.
Las contribuciones con respecto a salarios por empleo deberán pagarse por cada patrono para beneficio del Fondo de Desempleo.
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Además, impone el deber patronal de presentar un informe trimestral de los salarios pagados a empleados.
En tanto, la Ley de Beneficios por Incapacidad estipula una red de seguridad para aquel trabajador asegurado que sufra la pérdida de salarios como consecuencia de incapacidad debido a enfermedad no ocupacional o accidentes no relacionados con el empleo sujeto a ciertas condiciones.
En ese sentido, la legislación obliga a los patronos a remitir una contribución para el sostenimiento del programa remedial.
“El fondo de desempleo no depende del fondo general y actualmente se encuentra sólido dada sus responsabilidades. Por lo tanto, emitir esta prórroga ayuda al patrono a recuperarse de esta emergencia a la vez que el estado no se ve afectado otorgándola”, destacó Saavedra Gutiérrez.