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Vargas Vidot repudia la interferencia de la JSF con la Ley 47

El senador independiente José Vargas Vidot expresó su repudio ante la interferencia de la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) con la Ley 47 de 2017.

En ese sentido, dijo que la Ley 47 otorga jurisdicción al Procurador del Paciente para atender las querellas relacionadas con la negativa de autorización en los procesos de hospitalización del paciente. Esto, indicó, incluye la jurisdicción sobre cualquier compañía de seguros de salud, por sí mismo o por medio de sus agentes, empleados o contratistas, en la que haya mediado alguna recomendación médica.

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En cambio, declaró que la “ley provee para que, además del paciente, un familiar, tutor legal o cualquier otra persona, reconocida por ley y que su intención sea entablar una reclamación, pueda reconocer al proveedor de servicios de salud que realiza la recomendación”.

“Asimismo, provee legitimación (o permiso) para que la entidad, discrecionalmente, tenga la facultad de presentar una querella o entable alguna reclamación cuando entienda que el paciente no está apto física o mentalmente”, comentó.

Agregó que “de lo contrario, al no facilitarle el servicio al paciente, pudiera perjudicar su salud. También, la Ley provee para aquellos casos donde el o la paciente dé su consentimiento expreso al proveedor, presente una querella o entable alguna reclamación a su nombre. Por tal razón, se le prohíbe a cualquier compañía, organización u otro proveedor relacionado con la industria de los seguros de salud, autorizado en Puerto Rico, por sí mismo o por medio de sus agentes, empleados o contratistas, lleve a cabo actos constitutivos de represalia contra aquellos proveedores de los servicios de salud, que se les presente una querella y un reclamo en beneficio del paciente”.

Para el legislador, “evidentemente, de no proveer o prestar un determinado servicio al paciente, su salud y bienestar podría estar en riesgo o perjudicarse”.

El pasado miércoles, la Junta extendió una misiva al gobernador en donde argüía que esta Ley era “significativamente inconsistente con el plan fiscal” y que “no contiene el requerido estimado formal sobre el impacto fiscal de la Ley”.

Por ende, se reservaron la facultad de vetar o evitar que la misma, entre en vigor.

“Un acto de esta naturaleza, desembocaría en un sentido de inimputabilidad e impunidad por acciones u omisiones de las aseguradoras, que todos los días deniegan un sinnúmero de tratamientos a pacientes, ocasionándoles daños irreparables o malos ratos, en muchas ocasiones, a los o las pacientes de este país”, sentenció Vargas Vidot.

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