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JCA impone multa a AES

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La Junta de Calidad Ambiental impuso una multa de 25 mil dólares a la empresa Applied Energy Systems (AES) tras incumplir con la orden que emitió la JCA el pasado viernes, 1 de septiembre de 2017, ordenando que:

  1. Tome las medidas necesarias, incluyendo, pero sin limitarse al enclaustre y/o contención, que cubra y proteja todo material de residuos de combustión de carbón y/o Agremax que se encuentra a la intemperie en sus instalaciones, de modo que no se convierta en polvo fugitivo por el paso del viento.
  1. El material y/o mecanismo utilizado para enclaustrar, contener y/o cubrir, deberá ser uno resistente a fuertes vientos. En caso de estar cubierto, la cobertura debe estar anclada adecuadamente, de forma que no se mueva o ceda con fuertes vientos.
  1. Deberá asegurarse que el material almacenado y que pueda ser arrastrado por efecto de las escorrentías causadas por las lluvias, sea adecuadamente manejado y recirculado dentro de la instalación, de modo que no logre acceso a alcantarillados ni vías de rodaje fuera de la instalación.
  1. La AES deberá, en un término de 24 horas, a partir de la notificación de la presente Resolución, presentar evidencia de las medidas tomadas para el cumplimiento de la misma.

Mediante una resolución la JCA sostuvo que “luego de discutidos todos los méritos del asunto ante nuestra consideración, así como los argumentos presentados por AES en su carta del 2 de septiembre de 2017, ante el potencial de levantamiento de polvo fugitivo por la acumulación de residuos de combustión de carbón y/o Agremax, y en aras de salvaguardar la salud y seguridad de los residentes de las áreas circundantes a las instalaciones de la AES, se clasifica esta situación como una crítica al amparo de los deberes, poderes y facultades que le confiere a la JCA la Ley Núm. 416-2004, según enmendada, conocida como la Ley sobre Política Pública Ambiental, y la reglamentación aprobada a su amparo”, por la que se declaró no ha lugar, la reconsideración presentada por AES.

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En el documento se establece que “de la anterior relación de hechos se desprende que las actuaciones y/u omisiones de AES, contravienen las disposiciones de la Ley Núm. 416-2004, supra, y la R-17-14 de esta Junta. Por lo anteriormente expuesto, la Junta se propone imponer a la Parte Querellada el pago de multa administrativa por la cantidad de $25,000.00.”

Además, la JCA indicó que “se advierte a la Parte Querellada que viene obligada a cooperar para que se cumplan a cabalidad los objetivos fijados por esta orden. El incumplimiento de lo aquí ordenado conllevará la imposición de multas, penalidades y/o sanciones administrativas adicionales.”

Según, la directora ejecutiva de la Junta de Calidad Ambiental, Tania Vázquez Rivera: “una vez más, insistimos en que AES tiene que cumplir con lo ordenado por la Junta de Calidad Ambiental, y así se lo informamos en esta Resolución y Orden. De igual forma, le estamos otorgando un término final de seis (6) horas, a partir de la notificación de la presente Resolución, para presentar evidencia de las medidas tomadas para el cumplimiento con lo ordenado. De no evidenciar el cumplimiento con lo aquí ordenado, en el término dispuesto, se impondrá multa adicional de $25,000 diarios por cada violación”.

 

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