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Vargas Vidot rechaza ley que expropiaría comunidades pobres

Se trata del Proyecto de la Cámara 991

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El senador independiente José Vargas Vidot expresó su rechazo y consternación ante la noticia difundida el martes que reseña la firma al Proyecto de la Cámara 991 de parte del gobernador, que viabiliza que los municipios puedan declarar las propiedades privadas como estorbo público y por ello, procedan a la expropiación.

No obstante, a pesar de la ley actual, no enmienda la Ley 1-2001 conocida como Ley para el Desarrollo Integral de las Comunidades Especiales de Puerto Rico, advierte Vargas Vidot.

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Explicó que esta ley contiene un lenguaje que protege a ese tipo de comunidades de la expropiación forzosa, no así de la declaración de sus viviendas como estorbo público. “En el fondo, aislando lo que podría ser un proyecto sencillo o cándido, la tendencia siempre apunta y se inclina a convertir la acción en una escalada contra las comunidades más vulnerables de Puerto Rico”.

Según el senador, el proyecto 991, ahora convertido en ley, atenta contra las comunidades más pobres del país. El proyecto afectaría la estabilidad de los sectores menesterosos y que no tienen los recursos para mantener los estándares que los municipios consideren adecuados.

La Ley se ampara en el supuesto objetivo de revitalizar comunidades y no a expensas de un plan de ordenamiento o el deseo de algún desarrollador, o contratista. En tal caso, se basa en la identificación inflexible para declarar cualquier propiedad en un estorbo público.

La Ley de Municipios Autónomos es escueta ante la declaración de un estorbo público y solaamente especifica el procedimiento y las razones para que un municipio pueda expropiar. En otras palabras, cualquier alcalde o alcaldesa podría declarar un estorbo público bajo un sinfín de condiciones o razones.

El senador advierte que no desea crear antagonismo o histeria con esta noticia, pero sí “que la ciudadanía esté orientada e informada sobre las consecuencias que puede traer un proyecto como el citado.

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“El gobierno no tendrá facultades ilimitadas para quitar y disponer de alguna propiedad por el mero hecho de ‘no verse bien, esté abandonada o sea baldío’. La Ley no es explícita en cuanto a ese punto. Pero sí puede ser explícita en relación a los mecanismos que utilice el municipio para expropiar alguna comunidad”, añadió el político.

Originalmente, la primera vez no existía multa; la segunda vez, se multaba por 500 dólares y progresivamente se sancionaba hasta una cantidad de cinco multas, siendo la última de cinco mil dólares.

Ahora, el municipio al incurrir en costos para reparar la propiedad, el dueño recibirá una multa de cinco mil dólares al momento, y eso sería un gravamen contra la misma. Aun, la Ley dice que si dentro de los 60 días de haberse realizado la última gestión de cobro, al dueño de la propiedad, resultara infructuosa, el municipio procedería (no dice “podrá proceder”) con una acción judicial para su ejecución y posterior venta en subasta pública.

El senador dice estar de acuerdo con la limpieza de aquellas propiedades que representen peligro o de aquellos solares que sean “estorbo público” por causa de la irresponsabilidad y desatención, “pero el desuso de una propiedad es distinto a considerarla como un estorbo público, por el mero hecho que no sea buena (por decir) al interés público…”,

Para el legislador, “la desigualdad no puede medirse como un estorbo público. Estoy de acuerdo con la revitalización de viviendas abandonadas, pero bajo asesoría y no por capricho a expensas de la pobreza. Por tal razón, esta ley socava lo que consigue y no merece nuestro aplauso”, sentenció Vargas Vidot.

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