Una mujer que fue empleada del candidato a la alcaldía de Guaynabo Ángel Pérez cuando este fungía como representante del Partido Nuevo Progresista (PNP) en la Cámara de Representantes aseguró en una demanda que fue víctima de un patrón de hostigamiento sexual y discriminación mientras laboraba en dicha oficina por parte de otro empleado del equipo de trabajo y que, luego de dos años, el entonces representante la despidió de forma injustificada.
“El despido llega posteriormente, pero no guarda ningún tipo de relación con los asuntos de hostigamiento”, aseguró Pérez en entrevista con Metro. “Hubo un informe del Contralor y yo no quisiera traer los detalles de dicho informe porque no me gustaría mancillar ninguna reputación, menos de una mujer”.
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Ignamarie Campos Aponte comenzó a trabajar como secretaria ejecutiva y administradora de la oficina de Pérez en la Cámara el 29 de enero de 2004 y, de acuerdo con los hechos descritos en la demanda, fue víctima de un patrón de acoso sexual desde diciembre de ese mismo año hasta diciembre de 2006, cuando, según ella, Pérez la despidió mientras aún se investigaban los señalamientos de hostigamiento.
“Se le dio la opción de poder renunciar y ella lo que nos solicitó fue que por favor la despidiéramos para poder colectar y así yo lo hice. Así que en nada guarda relación con los asuntos de hostigamiento”, puntualizó Pérez, quien fue representante desde 2004 hasta el 2012.
La demanda fue radicada el 20 de junio de 2008 en el Tribunal federal para el Distrito de Puerto Rico contra la Cámara de Representantes, que luego llegó a un acuerdo confidencial con la presunta víctima. Pérez afirmó que siempre estuvo ajeno al procedimiento de investigación que realizó la Cámara.
El presunto hostigador, de nombre Ismael Bonilla Hernández, fue en principio el director de la oficina de Pérez, aunque luego pasó a una posición de coordinador. El cambio de posición no tuvo que ver con el señalamiento de hostigamiento, reconoció el exrepresentante, aunque la presunta víctima sí fue reubicada en otra posición debido a la denuncia de hostigamiento.
De acuerdo con la demanda, el hombre llamaba al celular de la víctima y dejaba mensajes de voz diciéndole que quería salir con ella, sentirla y tocarla, la contactaba al teléfono de su oficina, al teléfono de su casa, con la intención de obtener afecciones de la víctima.
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Cuando el acoso sexual de Bonilla hacia Campos comenzó en diciembre de 2004, la mujer se quejó con Pérez sobre lo que estaba ocurriendo y, de acuerdo con las alegaciones de la presunta víctima, el candidato a la alcaldía de Guaynabo decidió hablar con Bonilla antes de dirigir el caso a la Oficina de Recursos Humanos de la Cámara. También dijo que Pérez no la orientó al momento sobre los procesos y políticas respecto a acoso sexual. Según se alega, el presunto agresor le reclamó a la víctima luego de enterarse que había llevado la queja hasta Pérez. No obstante, Pérez asegura que de inmediato refirió el caso a Recursos Humanos.
“Si yo hubiera actuado incorrectamente, a mí me habrían demandado”, afirmó. “Aquí esto está claro. Yo no hostigué a nadie y ante un caso como ese tampoco encubrí ni me quedé callado. Se actuó correctamente, se estableció y activó el protocolo adecuado, que era llevar la persona a Recursos Humanos”.
En julio de 2006, la mujer nuevamente llevó su queja hasta Pérez, según la demanda, indicándole que se sentía emocionalmente drenada y enferma debido al constante acoso de Bonilla. De acuerdo a la declaración de la mujer, el entonces representante le indicó que se tomara un tiempo fuera del trabajo mientras él lidiaba con Bonilla.
“Hubo unos días que no estaban cubiertos por ninguna licencia y se le dio la oportunidad porque yo sabía de la situación que ella estaba alegando”, indicó Pérez.
Luego de agotar sus licencias, la mujer regresó a su oficina el 1 de diciembre de 2006 para continuar labores pero se encontró con que las cerraduras habían sido cambiadas. La recepcionista le indicó que otras dos personas habían sido asignadas al trabajo que ella hacía. Se le informó, alegadamente, que debía continuar su trabajo bajo la supervisión de Bonilla, el hombre que según los señalamientos durante dos años la había acosado sexualmente y contra quien nadie había tomado acción todavía.
“Eso no es correcto”, aseguró el exrepresentante.
Pese a los intentos que describe la mujer por reunirse con Pérez para discutir la situación y las “intolerables condiciones de trabajo”, no fue hasta el 22 de diciembre de ese año que el hoy candidato a la alcaldía de Guaynabo atendió a la mujer.
Según el relato de los hechos en la demanda, Pérez no le planteó ninguna opción o procedimiento que ayudara a resolver el patrón de hostigamiento sexual que durante dos años ella había denunciado. Por el contrario, Pérez le informó a Campos que debía renunciar o sería despedida. Según el documento, la mujer fue destituida de sus labores el 31 de diciembre de 2006.
Según el exrepresentante, tanto Campos como Bonilla dejaron de ser empleados de su oficina en la Cámara de Representantes, aunque no pudo especificar la fecha ni las razones por las cuales Bonilla dejó de laborar para él.
Metro intentó corroborar las fechas a través de la Oficina de Recursos Humanos de la Cámara de Representantes, pero ante el receso de la Asamblea Legislativa, los empleados de la oficina también se encuentran fuera de labores.
El exrepresentante aseguró que no tiene ningún tipo de contacto con Bonilla ni es parte de su equipo de trabajo actual.
“Yo hace años que no veo al señor Bonilla y tampoco a Ignamarie”, puntualizó. “Todo lo que yo hago es cumpliendo con los reglamentos y con las leyes”, añadió Pérez, quien se enfrenta al senador novoprogresista Carmelo Ríos en una elección especial por la alcaldía de Guaynabo el próximo 5 de agosto.
Análisis: Annette maldonado | Experta en Recursos Humanos
¿Qué errores pudiera identificar respecto a cómo se atendió el señalamiento de hostigamiento sexual en este caso?
Inmediatamente un empleado, sea hombre o mujer, hace una alegación de hostigamiento sexual, hay que atenderlo y notificarle a la Oficina de Recursos Humanos. A la luz de la alegaciones en la demanda, fallaron en cuanto al tiempo que se tardaron en atender la querella apropiadamente y fallaron en que, mientras existía la querella, el haberla movido de área, porque a quien debieron haber movido fue al alegado hostigador.
Se debió haber tratado de forma confidencial para que esa persona que ella alega la hostigó no le reclamara a ella. Si eventualmente la despiden, uno no sabrá las razones, pero, existiendo el caso de hostigamiento sexual, ella pudiera reclamar que fue por represalia.