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Patronos tienen que conceder tiempo para votar en el plebiscito

Así lo dijo hoy el secretario del Departamento del Trabajo

El secretario del Departamento del Trabajo, Carlos Saavedra, informó a los patronos públicos y privados que hoy, día del plebiscito, están obligados por ley a permitir que sus empleados asistan a votar.

“Toda persona hábil para ejercer su derecho al voto en el Plebiscito para la Descolonización Inmediata de Puerto Rico que se celebra el día de hoy debe saber que ningún patrono puede impedirle ejercer su derecho”, dijo Carlos Saavedra Gutiérrez a través de un parte de prensa.

En la comunicación, el secretario además destacó que el Artículo 6.001 del Código Electoral obliga a todos los patronos, públicos y privados, a conceder a sus empleados el tiempo necesario y razonable para ejercer su derecho al voto tomando en consideración, entre otros factores, la distancia entre el lugar de trabajo y el centro de votación.

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Además, el Articulo 12.019 del Código Electoral –continúa la comunicación de Saavedra Gutiérrez- dispone que incurrirá en delito sancionado con pena de reclusión que no excederá de seis meses o multa que no excederá de quinientos dólares o ambas penas a discreción del tribunal, aquel patrono o su representante, que prohíba a sus empleados ejercer su derecho en este día.

“El Departamento del Trabajo y Recursos Humanos está alerta ante posibles violaciones a estos derechos de los trabajadores. “Patrono que no dé tiempo a sus empleados se enfrenta a violaciones de ley y será sancionado”, señaló Saavedra Gutiérrez.

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