La Comisión de Gobierno del Senado realizó hoy una vista pública del Proyecto del Senado 437 de la autoría del presidente de la comisión, senador Miguel Romero, por petición de la Asociación de Contratistas Generales (ACG), para establecer la “Ley de preferencia para los contratistas o proveedores de construcción locales”.
Se indicó en una comunicación escrita que el propósito es otorgar un mayor margen de preferencia para los contratistas y proveedores locales, frente a los proveedores nacionales (Estados Unidos) e internacionales, esto, al ampliarse el porcentaje de preferencia hasta 15 porciento, sobre la adquisición y el arrendamiento de bienes y servicios que estas producen.
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La ACG, Capitulo de Puerto Rico, depuso en la vista y reiteró su endoso alegando que la ponencia que presentarían contaba con el apoyo de la Asociación de Comerciantes de Materiales de Construcción, la Asociación Puertorriqueña del Concreto, Puerto Rico Electrical Contractors, el Colegio de Ingenieros y Agrimensores de Puerto Rico y Mechanical Contractors Association.
Las organizaciones antes mencionadas entienden que existe base racional para establecer y justificar una ley de preferencia como la que los ocupa. Este descansa en las siguientes premisas, según lee la ponencia:
- Un estado de emergencia fiscal reconocido por la Ley PROMESA, por ley y órdenes ejecutivas.
- El reconocimiento jurisprudencial de que las leyes de preferencia son mecanismos que utilizan los estados para favorecer sus productos e impulsar sus economías.
- Un mandato de PROMESA (Título V) y por Orden Ejecutiva de identificar e impulsar proyectos prioritarios para la infraestructura.
- Un fuerte apoyo local y federal para la alianzas público privadas.
- Las leyes de preferencia tienen un impacto positivo e inmediato para impulsar el desarrollo económico, ya que contribuye a la sostenibilidad empresarial local y la creación de empleos.
Mientras tanto la Administración de Servicios Generales (ASG) favoreció la aprobación de la medida aunque, según establecen, “les preocupa de sobre manera, el que la legislación propuesta guarde silencio sobre quien será la entidad encargada de tramitar dicha compra y contratación de servicios de construcción para las agencias del Gobierno. Por virtud del Plan de Reorganización Núm. 3-2011 (Plan de Reorganización de la Administración de Servicios Generales de 2011) son estos el organismo en quien se delega tales funciones” establecen en su ponencia. Ante ello sugieren se enmiende el Articulo 3 de la medida para definir este asunto.