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Víctimas de violencia doméstica podrán tener intercesor en todo el proceso judicial

La Ley permite obliga a los fiscales a comparecer a la vista de causa probable para arresto.

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El gobernador Ricardo Rosselló Nevares firmó el lunes la Ley 18, que enmienda la Ley 54 de Violencia Doméstica.

Explicó que el nuevo estatuto permite la presencia de intercesores legales y personas de apoyo de la víctima durante las diferentes etapas del proceso de testimonio contra el supuesto agresor.

“Cuando uno habla con las víctimas, se encuentra que en las circunstancias tan difíciles que enfrentaban, estaban solas. Ahora podrán estar acompañadas y eso le añade confianza en el proceso”, dijo el gobernador en conferencia de prensa.

“Son personal privado que se certifica para que puedan estar en los centros judiciales y acompañar a las víctimas. La Ley ahora elimina la discreción, porque muchas veces las víctimas llegaban a la sala y el juez le decía a la intercesora que no podía estar en sala, que solamente se iba a escuchar el testimonio de la víctima”, explicó por su parte, la secretaria del Departamento de Justicia, Wanda Vázquez Garced.

El intercesor puede ser un profesional de la conducta certificado y conocedor del manejo de víctimas de violencia doméstica o un familiar con el cual la víctima se sienta cómoda para acompañarla en el proceso. El familiar no se tiene que certificar como intercesor, pero si podrá acompañar a la víctima en el proceso y el juez no podrá ordenarle salir de sala, añadió Vázquez Garced.

Asimismo, se le impone a la Oficina de la Procuradora de las Mujeres la certificación de las intercesoras legales.

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