De convertirse en ley un proyecto radicado hoy en la Cámara de Representantes, la edad de retiro de los policías y los boberos aumentaría de 58 a 62 años.
Con el fin de enmendar la ‘Ley de Retiro del Personal del Gobierno’, los representantes Joel Franqui Atiles, Michael Abid Quiñones, Víctor Lasalle Toro y José “Che” Pérez presentaron hoy el Proyecto de la Cámara 799, el cual aumenta la edad de retiro obligatorio para los servidores públicos de alto riesgo.
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En conferencia de prensa, los legisladores explicaron que el espíritu de la pieza legislativa es reconocer la capacidad del personal de la Policía de Puerto Rico y del Cuerpo de Bomberos de poder continuar con sus labores una vez cumplan los 58 años de edad o los 30 años de servicios.
Franqui Atiles indicó que actualmente la Ley Número 22 de 30 de junio de 2005 establece el retiro obligatorio a los 58 años, pero que con las enmiendas se aumenta la edad a los 62 años.
“Entendemos que nuestros policías a los 58 años aún están en edad productiva. Obligarlos a retirarse cuando aún pueden aportar a la seguridad de nuestro pueblo trae consigo otros cambios en su estilo de vida como recibir una pensión que no va acorde con el costo de vida promedio en Puerto Rico, además de que no contarían con el plan médico que la uniformada le provee a sus agentes activos”, expresó Franqui Atiles en conferencia de prensa celebrada en el Capitolio.
La medida cuenta con el aval del Sindicado Puertorriqueño de la Policía, según indicó su presidente, Ismael Santiago, quien estuvo presente, junto a un grupo de exuniformados que se vieron forzados a jubilarse pese a que todavía podían aportar a la sociedad.
“Cuando se estableció la ley actual de retiro, la expectativa de vida productiva en Puerto Rico era menor a la actual. Avances en tecnología, la salud y otras áreas de la sociedad han elevado esa edad. Por eso estamos aquí hoy. Además, quiero recalcar que esta medida es voluntaria”, añadió el también Presidente de la Comisión de Agricultura de la Cámara.
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Según la Exposición de Motivos del proyecto, el Superintendente de la Policía, el Jefe de Bomberos o la autoridad nominadora correspondiente podrán conceder una dispensa para autorizar cumplir un periodo adicional de servicio por un máximo de dos años realizando las funciones que le sean asignadas, siempre y cuando no comprometan la salud y seguridad. Indica además, que “la solicitud de dispensa la deberá realizar el funcionario, no más tardar de 90 días, previo al vencimiento de la fecha de acogerse al retiro”.
Esta ley será efectividad inmediatamente después de su aprobación.