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Natal detalla lo negativo de la reforma laboral

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El representante Manuel Natal afirmó hoy que el gobernador Ricardo Rosselló, ignora las implicaciones que tiene sobre los trabajadores la aplicación de la nueva ley de Reforma Laboral.

Luego de que haber sido firmado el nuevo estatuto, el también portavoz de la Delegación del Partido Popular Democrático ante la Comisión de Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes señaló contrastes en las expresiones del gobernador y la legislación aprobada por la Asamblea Legislativa el pasado lunes.

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“Las expresiones realizadas por el Gobernador durante la firma de la ley de reforma laboral, demuestran un desconocimiento de lo que realmente incluye el proyecto aprobado por la Legislatura PNP. Contrario a lo expresado por Rosselló, la deforma laboral cuenta con un sinnúmero de disposiciones que aplicarán de forma retroactiva. Es decir, personas actualmente empleadas sufrirán un golpe en sus condiciones de trabajo”, señaló el legislador.

Entre las disposiciones que tendrán efecto retroactivo se encuentran: la eliminación de la presunción a favor del trabajador en un caso de despido injustificado por Ley Núm. 80 y la limitación de la mesada bajo el mismo estatuto, la definición de tiempo extra y ciclo de trabajo, la derogación de la Ley de Cierre, entre otras. Natal señaló que convenientemente una disposición que no tendrá efecto retroactivo será el aumento de los beneficios del seguro por desempleo, pues el máximo establecido en la ley entrará en vigor en el 2019.

Además, el portavoz del PPD en la Comisión de Asuntos Laborales aclaró el efecto que tendría la enmienda introducida en la Cámara de Representantes a la presunción para establecer el peso de la prueba en los casos de despido injustificado bajo Ley Núm. 80: “La Mayoría PNP en Cámara alega haber restituido la presunción a favor del empleado despedido en un caso de despido injustificado bajo Ley Núm. 80. Sin embargo, la enmienda realizada por la Comisión de Asuntos Laborales lo que hizo fue eliminar por completo dicho artículo de la Ley Núm. 80 y no restituir lo que enmendaba el proyecto de reforma. Al eliminar dicho artículo en la ley especial (Ley Núm. 80), se tiene que llenar la laguna con lo dispuesto en la ley general (Reglas de Procedimiento Civil), que establece claramente que el peso de la prueba recae sobre la parte demandante. En este caso, el empleado despedido.”

De igual forma, Natal señaló como “incorrectas” las declaraciones sobre el particular de la secretaria de Justicia, Wanda Vázquez: “La secretaria de Justicia alega que la intención del legislador es clara al tratar de restituir la presunción a favor del empleado. Sin embargo, no cabe hablar de “intención del legislador” o de “interpretación judicial” cuando el texto de la ley es claro. En este caso, el texto fue eliminado por completo de la pieza legislativa que posteriormente se convirtió en ley. No hay texto alguno que interpretar y por consiguiente, tampoco sería posible entrar en la “intención del legislador” de un texto que no fue incluido en la ley aprobada”.

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