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Multas de AutoExpreso pueden ser incluidas en la radicación de quiebras

La presentación de una quiebra puede liberar a los conductores que no tengan su licencia de conducir al día, al igual que a los que no pueden sacar el marbete debido a multas de tránsito, para que puedan obtener estos permisos sin la necesidad de pagar extraordinarias cantidades en multas.

Así lo manifestó hoy el licenciado Félix Zeno Gloro, especialista en la presentación de recursos de quiebras.

“No importa si sus multas son emitidas por el AutoExpreso, la Policía estatal o municipal. Si usted está viviendo fuera de la ley, arriesgándolo todo por causas de multas de tránsito que no puede pagar o hacer que las borren, la quiebra es la solución a sus problemas”, manifestó.

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Miles de conductores puertorriqueños no pueden utilizar sus vehículos debido a cuantiosas deudas ocurridas por infracciones al sistema de peajes del AutoExpreso, el cual multa en 15 dólares cada infracción.

Según explicó el letrado, existen dos clases de casos de quiebra personal que se pueden utilizar para mitigar el efecto de las multas de tránsito: el Capítulo 7 o la liquidación, y el Capitulo 13, conocido como el plan de pago.

“En ambos casos podemos lograr que las autoridades suspendan el cobro de las multas y, a consecuencia, le tiene que renovar su licencia de conducir o el marbete de su vehículo. Cada caso es distinto y bajo el Código de Quiebras, el trato que se le da a este tipo de deuda, las multas, pueden variar”, advirtió.

Agregó que “pero lo que sí es cierto es que una vez usted radique su petición de quiebra, el Tribunal Federal de Quiebras emite una orden de paralización que prohíbe el cobro de sus multas mediante acciones como negarle su licencia o el marbete”.

El profesional destacó que al indicar que una vez sometida la petición de quiebras, esta provee el mecanismo para estar transitando en ley por las vías de Puerto Rico mientras se determina la disposición final de las multas de tránsito, mediante el descargo, como es el caso bajo el Capítulo 13, o el establecimiento de un plan de pago que el conductor pueda cumplir sin afectar el resto de sus finanzas.

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