Documento: Ley de Transformación Al Sistema Contributivo Del ELA
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Si todo madura como pinta, de aprobarse el proyecto tal y como fue radicado el miércoles en la tarde, el 1 de enero de 2016 entraría en vigor el nuevo Impuesto de Valor Agregado (IVA) y dejaría de existir para siempre el Impuesto de Ventas y Uso (IVU).
Según el proyecto de Ley, de sobre 1,000 páginas, el cual Fortaleza hizo público esta noche, no existiría un proceso de transición entre un sistema u otro e incluiría varias exenciones. Entre estas se destacan eximir a las Iglesias del pago del IVA en ventas ocasionales, que no incluyen el costo de matrícula en los colegios católicos.
El proyecto establece que las Iglesias y organizaciones religiosas tendrían que pagar IVA sobre las ventas realizadas por librerías, cafeterías o tiendas operadas en o para colegios, academias o escuelas; asilos de ancianos o égidas; museos; librerías, cafeterías, floristerías o tiendas operadas en o para hospitales o funerarias; y cualquier otra industria o negocio de naturaleza similar.
Según definido por el proyecto, una venta ocasional por iglesias y organizaciones religiosas serían aquellas que se efectúen dentro de los predios en los cuales esté localizado el lugar de culto con el propósito de recaudar fondos para obras y mejoras permanentes a sus instalaciones, actividades directamente relacionadas a su ministerio, subvencionar obras de caridad y ofrecer servicios que propendan al desarrollo de programas para el bienestar social.
Esta definición también incluye los servicios que sean subvencionados con los fondos producto de estas ventas sean provistos a la comunidad de forma gratuita.
La medida ha sido radicada en ambos cuerpos legislativos; fuentes de Metro aseguran que se llevarán a cabo vistas públicas extensas.