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Condenan a Pablo Casellas a 109 años de prisión

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El convicto Pablo Casellas Toro fue condenado a 109 años de prisión luego de que un jurado lo encontrara culpable del asesinato de su esposa, Carmen Paredes Cintrón.

La lectura de sentencia se efectuó en la sala 706 del Tribunal de Bayamón, no sin antes de que Casellas Toro jurara “ante usted, ante Dios, ante todos los presentes, pero especialmente ante mis hijas y mi padre, juro que esta convicción y esta sentencia son una injusticia, porque yo no asesiné a mi esposa Carmen”.

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El juez José Ramírez Lluch señaló que “se le impone una pena de 99 años” por el asesinato de su esposa.

“La pena de cinco años por la ley de armas fue duplicada, por lo que la suma es de 109 años, a ser cumplidos en una institución carcelaria”, sentenció el juez.

Poco antes, Casellas Toro hizo uso de su derecho de alocución.

Junto a sus abogados, el excorredor de seguros leyó: “Ante usted, ante Dios, ante las cámaras de Puerto Rico y ante todos los presentes, pero especialmente ante mis adoradas hijas y mi padre, mi madre, mi cuñada, juro que esta convicción y esta sentencia son una injusticia, porque yo no asesiné a mi esposa Carmen”

Luego señaló que la Fiscalía y la Policía y la prensa desde el primer día se ensañaron con él. “Incluso me enteré que la Policía descartó como sospechosos a cuatro otras personas que, me he enterado, tenían la motivación para haber matado a Carmen. Soy inocente y cumpliré la sentencia con la frente en alto. Sólo espero que los verdaderos culpables algún día sean llevados ante la Justicia”, finalizó.

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El 22 de enero pasado y en una decisión de 11 a 1, el jurado encontró al excorredor de seguros, de 49 años, culpable de un cargo de asesinato, violación a la Ley de Armas y un cargo de destrucción de la evidencia que utilizó para cometer el asesinato el 14 de julio de 2012, en la urbanización Tierraalta III de Guaynabo.

La diligencia se inició con los alegatos del abogado defensor Harry Padilla Martínez, quien había solicitado de forma “libre, inteligente, voluntaria, expresa y con pleno conocimiento de causa” renunciar a que Casellas Toro se presentara ante el juez para la lectura de sentencia. El juez declaró no ha lugar, y obligó a Casellas Toro a comparecer en sala.

Posteriormente, Padilla defendió ante el magistrado la moción de que no se impusieran agravantes a la sentencia contra Casellas Toro, por los cuatro casos en los que fue declarado culpable.

Padilla Martínez sometió al tribunal un escrito reclamando que al dictarse sentencia no procedieran agravantes y que son de aplicación las figuras del concurso de Disposiciones Penales y el Concurso Real. 

El licenciado argumentó que la sentencia que se dicte no acarree agravantes, porque el Ministerio Público no alegó agravantes en el juicio ni el jurado dispuso sobre ellos.

“Ahora no se pueden imponer. Alegarlos y probarlos, vía determinación de Jurado era indispensable para que se cumpliera de forma efectiva con el derecho del acusado a una debida notificación de los cargos presentados en su contra, pues derecho a que fuera el jurado quien determinara sobre los mismos”, explicó Padilla Martínez.

De tal forma que la única pena que podría aplicar a Casellas Toro por la muerte de su esposa Carmen Paredes Cintrón era de 99 años.

“Como son tres los delitos que fueron juzgados simultáneamente, cada uno de los cuales conlleva su propia pena, y uno de ellos conlleva pena de reclusión de 99 años, ésta absorberá las demás. Se la tragó, se la comió”, expresó el abogado en su solicitud.

El juez Ramírez Lluch declaró aceptó la moción de la defensa, pues -según explicó- la fiscalía “jamás solicitó presentar los agravantes del caso”. También declaró que eran “de aplicación las figuras del concurso de disposiciones penales y el concurso real”.

Si los fiscales del Ministerio Público hubiesen presentado las circunstancias agravantes en la comisión de los delitos imputados, la sentencia hubiese aumentado de 99 a 111 años de prisión, totalizando en este caso 118 años.

Acto seguido, Ramírez Lluch hizo lectura de la sentencia.

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