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Esto es lo que debe hacer para los servicios del Fondo del Seguro

Cada trabajador tiene derecho a recibir todos los beneficios que se establecen bajo la Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo

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La Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE) cuenta con nueve oficinas regionales a través de toda la isla donde pueden acudir tanto los patronos como trabajadores lesionados que han sufrido un accidente en su lugar de trabajo.

Es importante destacar que cada trabajador tiene derecho a recibir todos los beneficios que se establecen bajo la Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo, aunque su patrono no tenga una póliza de seguro obrero.

Si sufre un accidente en el trabajo y desea acogerse a los servicios deberá seguir los siguientes pasos, de acuerdo a la página electrónica oficial del (CFSE):

Radicar el Informe Patronal

Una vez ocurrido el accidente, el obrero deberá informarlo a su patrono, a través de su supervisor o del personal encargado de notificarlo a la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE), y solicitarle que complete el Informe Patronal (Formulario CFSE-373).

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Una vez el Informe Patronal haya sido completado y firmado por el patrono, el lesionado deberá acudir, dentro de los cinco (5) días siguientes al accidente, a cualquiera de los dispensarios de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE) o al Hospital Industrial para radicar su caso.

En caso de que el accidente sea de tal magnitud que requiera atención inmediata en una sala de emergencia privada, el lesionado podrá solicitar al patrono, luego de ser dado de alta, que complete el Informe Patronal y presente el caso en la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE).

El lesionado deberá presentar a la CFSE una copia certificada del récord médico de la institución de salud en la cual fue atendido previamente.

En una situación de emergencia en la cual el patrono no pudiese completar el Informe, el lesionado puede acudir a cualquiera de las instalaciones de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE), donde, luego de ser evaluado por el personal de enfermería y recibir los primeros auxilios, se le completará un Informe Voluntario para radicar su reclamación. En estos casos, la Corporación proveerá al obrero un Formulario del Informe Patronal en blanco.

El obrero deberá solicitar al patrono que complete el Informe Patronal y lo remita a la Corporación  dentro de los próximos diez (10) días a partir de la fecha de radicación del caso. Igualmente, la Corporación entregará al lesionado el Formulario CFSE-450.1: Carta al Lesionado. En caso de que el patrono se niegue a completar el Informe Patronal, el obrero deberá presentar la declaración jurada incluida en la parte inferior del Formulario CFSE-450.1.

•    Hacer trámites en la Oficina de Radicaciones del Dispensario u Oficina Regional más cercana, o del Hospital Industrial

Una vez en la Oficina de Radicaciones, el lesionado será llamado, según su turno, para completar el proceso de radicación del caso.

Se abrirá un expediente, tanto físico como mecanizado, por lo que se le requerirá una identificación con foto y copia de su tarjeta de plan médico.

Deberá completar y firmar toda la documentación que le será provista por el Oficial de Radicaciones, incluso el Formulario CFSE-1219 sobre consentimiento para recibir tratamiento, a través del cual el lesionado autoriza a la Corporación a realizar cualquier procedimiento médico que sea necesario.

Si acudió con el Informe Patronal debidamente firmado por su patrono, deberá entregar el mismo en la Oficina de Radicaciones.

    Recibir una Evaluación Médica

Una vez se completa el proceso de radicación:

El obrero deberá regresar a la Sala de Cuidado Inmediato, donde el médico de sala le llamará para la evaluación inicial del caso.

Luego de la evaluación, el médico determinará el diagnóstico; ordenará los estudios que estime necesarios, si alguno; recetará medicamentos, de ser necesario; y decidirá si el paciente puede regresar a trabajar o permanecerá en descanso.

El médico completará el Formulario CFSE-395: Determinación del Administrador sobre Tratamiento Médico, y luego pasará el expediente a la enfermera de turno, quien revisará las órdenes del médico.

Consejos generales:
•    Recuerde que el patrono debe completar el Formulario CFSE-373: Informe Patronal.
•    El obrero debe comparecer a la localidad de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE) más cercana a su hogar y entregar el Informe Patronal en la Oficina de Radicaciones.
•    Debe proveer una identificación con foto, su tarjeta de seguro médico privado, si cuenta con este beneficio, y copia del récord médico, si fue atendido por un médico privado o en una institución hospitalaria privada antes de radicar su reclamación.
•    Debido a que el trámite de radicación requiere realizar varios pasos y evaluaciones, se recomienda llegar temprano.

•    Si se le asigna descanso al paciente, el Formulario CFSE-395 le indicará la cantidad de días y la fecha en que debe reportarse a trabajar. Deberá entregar copia de dicha determinación a su patrono lo antes posible.

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