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De ayunos, rezos y cabros degollados

Lea la columna de opinión de Julio Rivera Saniel.

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Eso de saltarse la comida como acto de contrición y fe cristiana no es cosa nueva en nuestra clase política, sobre todo en la última década en la que el nivel de la crisis —individual y colectiva— hizo a muchos creyentes (en el cristianismo, claro está) mirar al cielo en busca de ayuda y clemencia. Todos los creyentes (del mundo cristiano o el resto de los mundos de la fe) lo hemos hecho en nuestro carácter individual o como parte de alguna congregación de fe. Y en ello no parece haber problema. No es secreto que Puerto Rico es un país de mayoría cristiana y, por lo mismo, no tiene sino lógica que muchos de nosotros, incluyendo a nuestros líderes, también lo sean. Pero los problemas afloran cuando los llamados a la fe se dan desde el púlpito que provee el Estado.

Si echamos una mirada al pasado, encontraremos múltiples ejemplos de cómo oficiales electos de confeso credo cristiano han utilizado sus sillas —no las de su congregación, sino las de su puesto gubernamental— como lugar para convocar a jornadas como esta. Tome mayo de 2014. Para esas fechas, el hoy senador y entonces alcalde de Yauco Abel Nazario convocó a 40 días de ayuno y oración para pedir por la crítica situación de Yauco y, en definitiva, del país. Ese mismo año pareció haber una avalancha de pedidos de ayuno. El entonces alcalde de Manatí, Juan “Aubin” Cruz Manzano, también decretó una jornada de ayuno y oración y, como él, incumbentes de los municipios de Arecibo y Mayagüez también hicieron lo propio. Ninguno de los casos ha estado exento de críticas. Entonces —como hoy— grupos civiles han levantado una bandera roja al asegurar que los alcaldes (y hoy el presidente de la Cámara) han violado la Constitución y su separación de Iglesia y Estado. En el caso de 2014, la organización Humanistas Seculares, entonces dirigida por la pasada candidata a comisionada residente por el Partido del Pueblo Trabajador, Mariana Nogales, emplazaron a los alcaldes a probar que las jornadas de ayuno no se valieron de recursos del Estado por cuanto, según expertos, haber utilizado dinero o fondos públicos habría supuesto una violación a la ley. Aunque los pedidos de información no produjeron un desglose de los datos requeridos, quienes reclamaban ilegalidad en las convocatorias aseguraban que se violentaba la ley, puesto que, en más de un caso, se utilizaron instalaciones públicas para realizar los eventos de oración. En los casos de Arecibo y Yauco, las jornadas de ayuno y oración culminaron en el coliseo Manuel “Petaca” Iguina y el llamado Yauco Stadium, ambas instalaciones de los Gobiernos municipales.

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En esta ocasión, la idea del ayuno promovido por un oficial electo llega en la figura del presidente de la Cámara de Representantes, Johnny Méndez. Y las críticas no han tardado en producirse. Aunque Méndez insiste en que su idea no es violatoria de la ley, la organización Humanistas Seculares ha vuelto a la carga, esta vez con un recurso legal que busca, según sus portavoces, aclarar los linderos de la tan cacareada separación de Iglesia y Estado. Pero ¿qué constituiría una violación a la ley? Según el experto en derecho constitucional Carlos Ramos, profesor de Gerecho en la Universidad Interamericana, para que el ayuno decretado por Méndez (o por cualquier oficial electo) sea inconstitucional debe contar con al menos uno de estos elementos:

1. Utilizar fondos públicos.

2. Usar edificios o propiedad pública para su realización.

3. Que se ejerza coacción o presión indebida para participar.

Según el experto, si alguno de esos elementos está presente, se estaría en una abierta violación a la ley que, de no tener consecuencias legales, abriría la puerta a que futuros o presentes oficiales electos puedan convocar y realizar eventos de origen religioso sin que alguien pueda oponerse. Por ello nadie podría oponerse a que futuros presidentes de la Cámara convoquen a la participación en el Ramadán, el Hanukkah, encendido de velas, degollación de cabros y gallinas o invocaciones al Espagueti Volador. Todas ellas, por absurdas que puedan parecer para un sector de la población, pueden ser reconocidas como manifestaciones válidas de diversos credos religiosos. Y si el ayuno es validado desde una convocatoria hecha desde la oficialidad, ¿por qué esas otras no? Esa posibilidad, según Ramos, es uno de los peligros de la violación a los linderos de la separación de la Iglesia y el Estado, por muy buenas que sean las intenciones de quienes convocan. Mientras la determinación del Tribunal se produce y se establece quién tiene la razón en esta controversia, los expertos no han hecho otra cosa sino advertir de las consecuencias de una violación a la Constitución. No solo los que ya hemos descrito, sino también abriría la puerta a la posibilidad de que el Estado intervenga indebidamente en el mundo de la fe. Y eso, señores, es indudablemente peligroso.

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