Opinión

Proyecto del Senado 63: un estorbo para la transparencia gubernamental

Lee aquí la columna de la portavoz del Movimiento Victoria Ciudadana y abogada

Columnistas + Rosa Seguí
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El presidente del Senado de Puerto Rico, Thomas Rivera, respaldado por la maquinaria del Partido Nuevo Progresista, presentó el Proyecto del Senado 63 para —en vez de atender y mejorar las necesidades urgentes de la ciudadanía— restringir el acceso a la información pública mediante enmiendas a la Ley 141 de 2019, conocida como Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública. Recordarán que, en 2019, el presidente Rivera fue demandado en la corte federal por la Junta de Control Fiscal, para que el Senado —presidido en ese entonces también por Rivera— proporcionara las cuentas bancarias del Senado. Según informado por la prensa, la respuesta del presidente Rivera a la prensa, en ese entonces, fue: “los miembros de la Junta son unos perfectos idiotas, que no tienen nada que hacer y entonces están pendientes a estupideces”. Contrario a lo que piensa el presidente Rivera, el acceso a la información pública no debe depender de quiénes la solicitan, sino que, por definición, debe ser accesible a todo el público.

La Ley 141 de 2019 actualmente establece como política pública del gobierno de Puerto Rico que la información y documentación que produce el gobierno se presume pública y accesible a todas las personas por igual. Esto incluye la que produce el gobierno en sus estudios, transacciones y en el ejercicio de la autoridad pública, de manera directa o delegada y que son patrimonio y memoria del pueblo de Puerto Rico. Establece que “el derecho constitucional de acceso a la información requiere la transparencia gubernamental. Toda información o documento que se origine, conserve o reciba en cualquier dependencia del gobierno, aunque se encuentre bajo la custodia de un tercero, se presume público y debe estar accesible al pueblo y la prensa. El derecho de acceso a la información pública es un pilar constitucional y un derecho humano fundamental. El acceso a la documentación e información pública tiene que ser ágil, económico y expedito”. Por esto, la Cámara no debe darle paso al Proyecto del Senado 63.

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