La demanda por difamación radicada por el exfuncionario Elías Sánchez Sifonte y su esposa, la abogada Valerie Rodríguez Erazo, contra el analista Jay Fonseca y varios medios de comunicación enfrenta un punto crítico: el tribunal federal eliminó su reclamación económica de al menos $30 millones, mientras parte de los demandados ya solicita la desestimación total del caso.
Rodríguez Erazo, exsecretaria del Departamento de Asuntos al Consumidor y quien ha sido mencionada en el ámbito político como posible aspirante a un puesto electivo, figura como codemandante en el pleito junto a Sánchez Sifonte. El abogado fue director de campaña de Ricardo Rosselló y por un tiempo relativamente corto fungió como su representante ante la Junta de Supervisión Fiscal.
La decisión, emitida por el juez federal Raúl M. Arias-Marxuach, sanciona a los demandantes por incumplir reiteradamente con órdenes de descubrimiento de prueba, específicamente la entrega de información contributiva necesaria para sustentar su alegado daño económico. A los demandantes se les había ordenado entregar sus planillas contributivas o completar el formulario 4506, pero no cumplieron.
“El récord refleja que, durante casi un año, los demandantes han fallado en producir la información contributiva solicitada”, sostuvo el tribunal al detallar el historial de incumplimientos.
El tribunal concluyó que la información solicitada era esencial y que los demandantes no ofrecieron justificación para no producirla, pese a advertencias claras sobre las consecuencias.
Como resultado, eliminó con perjuicio la reclamación por daños económicos, uno de los componentes centrales del pleito.
Pero el efecto del incumplimiento no se limita a esa sanción.
En paralelo, demandados vinculados a Telemundo —incluyendo TM Television y el productor Antonio “Tony” Mojena— han solicitado la desestimación total del caso, alegando un patrón sostenido de incumplimiento procesal por parte de los demandantes.
Según ese planteamiento, los demandantes no respondieron interrogatorios ni produjeron documentos desde finales de 2025, incumpliendo plazos, extensiones y múltiples requerimientos, lo que —alegan— ha afectado la capacidad de defensa y el manejo ordenado del caso.
Los demandados sostienen que este patrón justifica sanciones más severas, incluyendo la desestimación con perjuicio bajo las reglas federales de procedimiento civil.
El expediente judicial refleja que el tribunal ya había validado deficiencias en el proceso de descubrimiento en órdenes previas, lo que refuerza el cuadro de incumplimiento acumulado.
Además, el juez ordenó a los demandantes mostrar causa antes del 31 de marzo sobre por qué no deben asumir los gastos legales y honorarios incurridos por la parte demandada en los esfuerzos para obligar la producción de documentos.





