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Viuda de Roberto Viqueira podría recurrir a demanda civil tras cierre del caso penal

Tras la decisión de Justicia de no apelar la absolución de Eduardo Meléndez, el exfiscal Earnie Cabán explicó que la viuda del biólogo Roberto Viqueira podría recurrir a una demanda civil por daños y perjuicios.

La familia del biólogo realizó una vigilia.
Exigen justicia para Roberto Viqueira (ARCHIVO) La familia del biólogo realizó una vigilia. (Dennis A. Jones/Metro Puerto Rico)

Aunque el Departamento de Justicia confirmó que no apelará la absolución del enfermero Eduardo Meléndez Velázquez, el capítulo penal del caso no necesariamente cierra todas las vías legales disponibles para la familia del biólogo Roberto Viqueira Ríos.

El exfiscal Earnie Cabán explicó al programa de televisión Día a Día que la viuda, Moshayra Vicente Cruz, podría evaluar la presentación de una acción civil por daños y perjuicios contra el enfermero, independientemente del resultado en el proceso criminal.

“Si no ha pasado un año desde que ocurrió el daño, que es la muerte del biólogo, ella tiene una acción de daños y perjuicios que pudiera entablar contra el enfermero”, dijo.

En Puerto Rico, las reclamaciones por daños y perjuicios bajo el Código Civil tienen, como regla general, un término prescriptivo de un año, contado desde que la persona perjudicada conoce el daño y quién lo causó.

Cabán subrayó que una absolución penal no impide automáticamente una reclamación civil, ya que ambos procesos operan bajo estándares probatorios distintos.

“La forma de probar la demanda es distinta. Probar un delito es más allá de duda razonable. En el ámbito civil es preponderancia de la prueba”, explicó.

En términos jurídicos, mientras en el proceso penal el Estado debe demostrar culpabilidad más allá de duda razonable, en el ámbito civil basta con establecer que es más probable que no que ocurrió un daño atribuible al demandado.

De presentarse una demanda civil, podrían reclamarse daños como:

  • Sufrimiento emocional de los familiares
  • Pérdida de ingresos o apoyo económico
  • Gastos relacionados con la muerte
  • Otros daños derivados del suceso, según la evaluación legal correspondiente

El pasado 6 de febrero, el juez Ángel Llavona Folguera absolvió a Meléndez Velázquez al concluir que actuó en legítima defensa en los hechos ocurridos en Yauco.

La determinación penal, sin embargo, no impide que un tribunal civil evalúe la responsabilidad bajo un estándar distinto. La decisión final sobre acudir o no a esa vía dependerá de la familia y sus asesores legales dentro del marco que establece la ley.

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