Ante la declaración de epidemia de influenza por el Departamento de Salud (DS), la Administración de Seguros de Salud (ASES) y la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS) emitieron órdenes para garantizar tratamientos e iniciativas de prevención sin requisitos de preautorización.
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De acuerdo con la Orden Administrativa 2026-002 de ASES, que administra el Plan de Salud del Gobierno (Plan Vital), y la Carta Normativa 2026-373-D de la OCS, que vela por el cumplimiento de las aseguradoras privadas, tampoco se pueden imponer requisitos de compartir costos (cost-sharing) o copago.
Todo plan público y privado, así como proveedores fuera de sus redes, deben autorizar lo siguiente:
- Pruebas diagnósticas aprobadas por la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA, en inglés)
- Medicamentos antivirales, como oseltamivir (el ingrediente activo de Tamiflu) y zanamivir (Relenza), según criterio médico
- Vacunas recomendadas por el Comité Asesor en Prácticas de Inmunización del DS y del Comité Asesor sobre Prácticas de Inmunización de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC, en inglés)
El licenciado Carlos Santiago Rosario, director ejecutivo de ASES y del Programa Medicaid, enfatizó la importancia de la vacunación, sobre todo en menores, porque esa población compone apenas el 8 % de las 360,891 dosis administradas en lo que va de temporada de influenza, que comenzó el julio pasado.
La comisionada de Seguros, Suzette Del Valle Lecároz, también reiteró a las aseguradoras y organizaciones de servicios de salud de planes médicos su “obligación de cubrir la vacuna contra la influenza, libre de costo de copagos, deducibles o coaseguros para el asegurado o beneficiario, administrada en cualquier proveedor”.
Estas medidas se mantendrán activas a lo largo de la vigencia de la Orden Administrativa 2026-627 del DS y la Orden Ejecutiva 2026-005, que firmó la gobernadora Jenniffer González Colón luego de la declaración del secretario de Salud, Víctor Ramos Otero.
