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Mayra Nevárez acepta culpa antes de recibir sentencia por muerte de Justin Santos

La Jueza Wanda Cruz Ayala dictó una sentencia de 15 años de prisión tras resentenciar a Nevárez Torres conforme a la orden del foro apelativo

(suministrada)
Mayra Nevárez (suministrada)

Antes de que el tribunal impusiera una pena de cárcel, Mayra Nevárez Torres aceptó su responsabilidad por el accidente de tránsito que provocó la muerte de Justin Santos Delanda y causó grave daño corporal a Keven Monserrate Gandía.

“Estoy consciente de que yo causé ese lamentable accidente y soy la responsable de lo que sucedió”, expresó Nevárez Torres ante el tribunal. Afirmó que no recordaba lo ocurrido el día de los hechos, pero sostuvo que no existía justificación para su conducta. “No hay excusa para lo que hice. Reconozco la gravedad de mis actos”, manifestó.

Nevárez Torres también pidió perdón a los familiares de las víctimas. “Estoy aquí para pedirle perdón a Doña Carmen Santos, a Kevin, a Doña Iris y a su familia. Mi más sincero perdón y expresarle mi más profundo arrepentimiento por lo sucedido”, dijo.

Añadió que desde aquel día cargaba con “una carga eterna” y que el dolor por el sufrimiento causado la acompañaría de por vida. Indicó que buscó ayuda psicológica, psiquiátrica y espiritual, que dejó de consumir alcohol y que cumplió con los programas y condiciones que le fueron impuestos durante el proceso judicial.

Tras esas expresiones, el tribunal procedió a dictar la sentencia ordenada por el Tribunal de Apelaciones. La jueza Wanda Cruz Ayala, quien anunció su retiro del Poder Judicial, impuso un total de 15 años de cárcel, a cumplirse en una institución penal, por las distintas violaciones a la Ley 22 de Vehículos y Tránsito. La sentencia incluyó multas que ya habían sido satisfechas y la bonificación de 11 meses y 29 días que Nevárez Torres cumplió bajo restricción domiciliaria antes de la resentencia.

Previo a dictar la pena, la jueza expresó su pésame a los familiares de Justin Santos Delanda y reconoció el impacto del caso en las víctimas.

“Puedo reconocer y entender el dolor inmenso que ha provocado su pérdida irreparable y me solidarizo con el sufrimiento que hoy les acompaña”, señaló. También reconoció la presencia de Keven Monserrate Gandía y de sus familiares en sala.

Cruz Ayala explicó que su determinación inicial de imponer una pena de restricción domiciliaria respondió a criterios de justicia restaurativa y terapéutica, así como a la discreción judicial que entendió aplicable. Expuso que la restricción domiciliaria constituía una forma de probatoria intensiva, con supervisión rigurosa y monitoreo electrónico, y que el informe de presentencia reflejó que Nevárez Torres era primera ofensora, contaba con empleo, apoyo familiar y posibilidades de rehabilitación.

No obstante, la jueza sostuvo que acató la instrucción del foro apelativo, pese a no coincidir con su análisis jurídico original.

El caso se originó el 21 de noviembre de 2021, cuando Nevárez Torres condujo en contra del tránsito y bajo los efectos del alcohol por el puente Teodoro Moscoso, donde invadió el carril contrario e impactó el vehículo tipo Can-Am en el que viajaban Justin Santos Delanda y Keven Monserrate Gandía. Santos Delanda falleció en el lugar y Monserrate Gandía sufrió lesiones de gravedad.

A Nevárez Torres se le realizó una prueba de alcohol en sangre que arrojó un nivel de 0.29 %, muy por encima del límite permitido de 0.08 % establecido por la Ley 22. Aunque la prueba fue cuestionada durante el proceso judicial, el tribunal emitió un fallo de culpabilidad por violaciones a los artículos 5.07 y 7.06 de esa ley, al concluir que la acusada condujo de manera negligente, temeraria y en estado de embriaguez.

El Departamento de Justicia apeló en enero la sentencia original de restricción domiciliaria. En abril, el Tribunal de Apelaciones determinó que correspondía la imposición de una pena de prisión. En su resolución, el foro apelativo sostuvo que las actuaciones de la acusada provocaron la pérdida de una vida y lesiones graves a otra persona, y subrayó el impacto permanente del delito en las familias afectadas.

La defensa acudió en dos ocasiones al Tribunal Supremo para revertir esa determinación, pero ambos recursos fueron rechazados, lo que dio paso a la imposición final de la pena de cárcel.

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