La contralora de Puerto Rico, Carmen Vega Fournier, expresó su respaldo al Proyecto del Senado 302, medida que propuso enmendar varios artículos del Código Municipal con el fin de exigir la celebración de subastas públicas en los contratos municipales relacionados con el manejo de desperdicios sólidos, salvo en casos de emergencia debidamente declarada.
La postura de la Oficina de la Contralora de Puerto Rico (OCPR) se presentó ante el presidente de la Comisión de Asuntos Municipales del Senado, José A. Santiago Rivera. La OCPR evaluó el alcance administrativo y funcional de la medida legislativa y expuso su análisis sobre los cambios propuestos al marco de contratación municipal.
La Exposición de Motivos del proyecto planteó que Puerto Rico enfrentó un reto significativo en el combate a la corrupción y a la desconfianza generada en las instituciones gubernamentales por los procesos de contratación relacionados con los servicios de manejo de desperdicios sólidos.
En ese contexto, se sostuvo que resultó imperativo “poner trabas a la corrupción, ampliar procesos de mayor transparencia y participación, evitando el favoritismo, promoviendo la libre y limpia competencia que impulsa y garantiza un servicio de mayor calidad”.
La Contraloría señaló que los servicios de manejo de desperdicios sólidos constituyeron servicios esenciales para las comunidades y representaron una porción considerable del gasto público municipal. También destacó que, al momento, existió flexibilidad en la contratación sin subasta para este tipo de servicios, lo que motivó la revisión de las normas de contratación gubernamental.
El Proyecto del Senado 302 dispuso que todo contrato para el establecimiento de instalaciones de manejo de desperdicios sólidos, la prestación de estos servicios y los contratos de arrendamiento de propiedad municipal, mueble o inmueble, que incidieran en dichas operaciones, debieron cumplir con lo establecido en el Artículo 2.035(d) del Código Municipal. La medida incluyó una excepción limitada para contratos otorgados por razón de una emergencia debidamente declarada por las autoridades competentes.
Entre los cambios propuestos, la OCPR detalló que se requeriría la celebración de subastas públicas para todos los contratos municipales relacionados con el manejo de desperdicios sólidos, conforme a los límites establecidos en el Código Municipal. Además, los contratos otorgados al amparo del inciso (k) del Artículo 2.112, con excepción de los contratos de emergencia, tendrían una vigencia máxima de cinco años.
En cuanto a las contrataciones de emergencia, la medida estableció que estas debieron autorizarse mediante orden ejecutiva del alcalde o alcaldesa y no podrían extenderse por un periodo mayor de 90 días. Durante ese término, el municipio tendría que realizar las gestiones necesarias para celebrar una subasta pública, con la posibilidad de una extensión adicional, también limitada a 90 días, únicamente en casos excepcionales debidamente justificados.
La Contralora explicó que la excepción por emergencia quedó delimitada y sujeta a requisitos específicos. Entre ellos, se incluyó la obligación de que el municipio realizara las gestiones necesarias para celebrar una subasta durante el periodo de vigencia del contrato de emergencia y la publicación del aviso de otorgación y del contrato en las plataformas digitales municipales.
En su análisis, Vega Fournier sostuvo que “la obligatoriedad de subasta pública, conforme al Artículo 2.035, promueve la libre competencia y reduce el riesgo de corrupción y favoritismo en la adjudicación de contratos municipales”.Además añadió que la excepción para contratos de emergencia exigió orden ejecutiva y limitó su duración a 90 días, con posibilidad de extensión únicamente de forma justificada.
Como parte de sus recomendaciones, la Contralora sugirió capacitación a los municipios sobre los nuevos requisitos de subasta, la implantación de auditorías preventivas, el acceso público a la información relacionada con subastas y contratos de emergencia, y el cumplimiento estricto de los límites de vigencia y extensión de los contratos.
Tras evaluar la medida desde un punto de vista administrativo y funcional, la Contraloría indicó que estuvo de acuerdo con las enmiendas propuestas y sostuvo que el proceso de subasta planteado haría más transparente el procedimiento de contratación. No obstante, recomendó que se tomaran en consideración los comentarios que pudieran emitir la Asociación y la Federación de Alcaldes, la Oficina de Gerencia Municipal y el Departamento de Justicia durante el proceso legislativo.

