La Asociación de Alcaldes de Puerto Rico expresó su oposición al Proyecto del Senado 302, que pretende que todos los contratos relacionados con el manejo de desperdicios sólidos, así como los arrendamientos de propiedad municipal, se otorguen mediante subasta pública.
Esto ante la Comisión de Asuntos Municipales del Senado, presidida por José “Josian” Santiago Rivera.
En la misiva, la directora ejecutiva de la Asociación, Verónica Rodríguez Inzarry, explicó que, aunque apoyan algunas enmiendas, el proyecto “limita a los municipios en su autonomía municipal” y, por ello, la Asociación no endosa la medida. Rodríguez Inzarry agregó que la obligación de celebrar subasta pública para contratos de manejo de desperdicios sólidos “va en contra de la autonomía municipal” que poseen los municipios.
La propuesta legislativa busca establecer que la adjudicación de contratos de manejo de desperdicios sólidos y arrendamiento de propiedades municipales se realice bajo subasta pública.
Según la Asociación, aunque la iniciativa persigue “poner trabas a la corrupción, ampliar procesos de mayor transparencia y participación, evitando el favoritismo”, muchas de sus disposiciones limitan las facultades locales.
La Asociación manifestó su acuerdo parcial con las disposiciones relacionadas con emergencias. Según Rodríguez Inzarry, “en aquellas instancias en las que se encuentre vigente una declaración de emergencia emitida por el Gobernador o la Gobernadora, el municipio podrá llevar a cabo una contratación de emergencia, sin sujeción a las disposiciones procesales del Artículo 2.035”, siempre bajo condiciones específicas y por un período limitado de 90 días, prorrogable únicamente por razones atribuibles a la emergencia.
Sin embargo, la organización no respaldó otros apartados de la propuesta, incluyendo la obligación de subasta pública para arrendamientos de propiedad municipal y contratos incidentales al manejo de desperdicios sólidos, considerando que estas disposiciones “atentan contra la autonomía municipal que gozan los municipios”.
Por otra parte, la Administración de Servicios Generales (ASG) advirtió que la contratación sin subasta en el manejo de desperdicios sólidos podría generar “costos más altos, ineficiencias y menor inversión en el capital local”.
La medida propone enmendar los artículos 2.112, 2.030, 2.035 y 3.058 del Código Municipal de Puerto Rico, con el propósito de eliminar excepciones que permiten adjudicar contratos sin subasta, salvo en situaciones de emergencia debidamente declarada y por un periodo limitado. Según el memorial enviado por la ASG, la medida busca cerrar “brechas normativas, promoviendo la transparencia, la competencia y la fiscalización efectiva de los fondos públicos”.
La ASG enfatizó que, aunque la ley vigente permite que los municipios participen voluntariamente de los procesos centralizados de compras, “la ley no contempla excepciones automáticas para tipos de adquisición específicos, como el manejo de desperdicios sólidos”. La ponencia agrega que cualquier desviación del proceso competitivo “debe estar justificada por condiciones concretas y verificables, que puedan ser debidamente autorizadas por la ASG conforme al Art. 34 de la Ley Núm. 73-2019”.
Entre las enmiendas del proyecto, el Artículo 2.112 elimina la excepción al requisito de subasta pública para contratos relacionados con desperdicios sólidos, mientras que el Artículo 2.030 aclara que los contratos de arrendamiento también deberán regirse por el nuevo marco del Art. 2.112. Por su parte, el Artículo 2.035 añade un inciso que somete expresamente estos contratos al procedimiento de subasta pública, y el Artículo 3.058 armoniza el lenguaje del Código Municipal para reafirmar que los municipios pueden reglamentar el manejo de desperdicios sólidos, pero cumpliendo con los requisitos de subasta.
La ASG destacó que su postura se basa en el objetivo de la Reforma de Compras del Gobierno, plasmada en la Ley 73-2019, de fomentar “la transparencia, accesibilidad, igualdad de condiciones y eficiencia en el uso de los fondos públicos”. Señaló que la exclusión automática de ciertos servicios del requisito de subasta no representa una buena práctica y favorece irregularidades y favoritismos.
Además, la ASG indicó que las eficiencias y economías de escala obtenidas mediante un proceso de licitación centralizada “superarían incluso las que podrían alcanzar los municipios individualmente”. Actualmente se trabaja en un contrato centralizado de selección múltiple que podría ser utilizado por el Gobierno central y por los municipios que voluntariamente deseen acogerse, lo que permitirá ampliar la participación de empresas y opciones viables.

