La gobernadora de Puerto Rico, Jenniffer González Colón, firmó una ley que establece un protocolo para manejar los casos de aborto en menores de 15 años o menos, el cual exige el consentimiento informado y por escrito de uno de los padres o tutores legales antes de realizar el procedimiento.
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Se trata del Proyecto del Senado 297― de la autoría de la senadora por Acumulación por el Proyecto Dignidad (PD), Joanne Rodríguez Veve― que ahora pasa a ser la Ley 122-2025.
Según el texto de la pieza, la legislación respondía a la ausencia de requisitos específicos en el ordenamiento legal actual para suplir la capacidad de consentimiento en menores de edad que soliciten un aborto bajo las excepciones permitidas por el Código Penal.
El estatuto busca que el progenitor o custodio legal que acompañe a la menor otorgue su consentimiento por escrito previo al procedimiento. Sin embargo, en casos donde el embarazo de la menor sea producto de abuso por parte de su progenitor o tutor legal, se eximirá este requisito.
En tales situaciones, el personal médico tendrá la obligación de ejercer custodia de emergencia bajo la Ley 57-2023 y reportar el caso al Departamento de la Familia (DF).
Asimismo, la disposición legal prohíbe la práctica de abortos en menores de 15 años por parte de cualquier clínica, centro, hospital o médico con licencia para practicar medicina en Puerto Rico, salvo que medie el cumplimiento de los requisitos de consentimiento exigidos a los progenitores con patria potestad o custodia legal.
Adicional, contempla que obligar a una menor de 15 años a interrumpir su embarazo constituirá un delito, sancionado con tres años de prisión y una multa de $25 mil dólares.
La pieza legislativa fue aprobada por descargue en febrero y avalada por la Cámara de Representantes el pasado 7 de octubre.

