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Tribunal ordena al alcalde de Cataño entregar documentos sobre otorgamiento de permanencias

La jueza otorgó 10 días al municipio para dar acceso a la información solicitada

El alcalde de Cataño , Julio Vasallo, ofrece conferencia de prensa sobre la Feria Bacardi.
El alcalde de Cataño, Julio Vasallo. Metro PR 22 de octubre de 2024 (Dennis A. Jones)

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El Tribunal de Primera Instancia (TPI) de Bayamón falló a favor de la legisladora municipal del Partido Popular Democrático (PPD), Betzaida Bauzá Marrero, y ordenó al alcalde de Cataño, Julio Alicea Vasallo, entregar documentos relacionados con empleados transitorios a quienes la administración municipal les otorgó permanencia.

La jueza Sarah Y. Rosado Morales otorgó un plazo de 10 días a la municipalidad para permitir acceso a la información, con el fin de identificar a los empleados y evaluar si el proceso cumplió con la Ley.

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El municipio había presentado el pasado 11 de agosto de 2025 una moción en oposición, solicitando la desestimación del recurso al alegar que la Ley Núm. 141-2019 no aplicaba en este caso.

Sin embargo, el tribunal concluyó que: “es preciso señalar que las partes de epígrafe reconocen como información pública lo solicitado por la señora Bauzá Marrero, por lo que este asunto no está en controversia. Así, a la luz de la discusión que precede, resolvemos que la señora Bauzá Marrero, en efecto, tiene disponible los remedios establecidos en la Ley Núm. 141-2019, para solicitar el acceso y entrega de documentos públicos; y se declara no ha lugar la moción de desestimación presentada por el Municipio. En consecuencia, también resolvemos que el Alcalde de Cataño deberá entregar la información solicitada en el presente recurso por la señora Bauzá Marrero”.

“Con esta sentencia se ratifica el derecho al acceso a información y documentos públicos concedidos a la legisladora popular Bauzá Marrero, y es extensiva a todos los legisladores municipales. El acceso a información pública es puntual para nuestra democracia y para el ejercicio de fiscalización de nuestros legisladores”, expresó Jannice S. Pérez Figueroa, presidenta de la Asociación de Legisladores Municipales de Puerto Rico (ALMPR).

La representación legal de la ALMPR estuvo encabezada por el licenciado Ángel Noel Rivera.

Reacción Municipio de Cataño

El Municipio de Cataño expresó su respeto a los procesos judiciales y a la decisión del Tribunal de Primera Instancia, sin embargo, señaló que la determinación no refleja correctamente el marco legal que regula los poderes y facultades de la Legislatura Municipal ni el balance democrático entre sus miembros.

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Por tal motivo, el municipio informó que presentará una moción de reconsideración y, de ser necesario, recurrirá al Tribunal de Apelaciones y al Tribunal Supremo de Puerto Rico para proteger los procesos establecidos por ley.

Según la administración municipal, la Ley 141-2019 fue diseñada para atender solicitudes de ciudadanos a título individual y no para sustituir los procedimientos internos y colegiados que rigen a los legisladores municipales. Permitir lo contrario, advirtió, podría alterar el orden democrático y los procesos reglamentados en el Código Municipal y en los reglamentos de la Legislatura Municipal.

“Nuestro compromiso es con la transparencia y el respeto a la ley. Defenderemos siempre la institucionalidad de los procesos democráticos de nuestro pueblo, sin dejar de garantizar el derecho ciudadano a estar informado”, dijo Alicea Vasallo.

DOCUMENTO

Sentencia Betzaida Bauza v. Municipio de Cataño by Metro Puerto Rico

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