El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordenó a LUMA Energy, la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) y las partes interventoras en el caso presentado por el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) a mostrar causa por la cual el máximo foro judicial no debe acoger el recurso de certificación radicado la semana pasada.
A través de una resolución emitida por los jueces asociados de la sala de verano se le dio un término de tres días a las agencias y la empresa privada a emitir una respuesta.
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“En un término de tres días perentorios, contados a partir de la notificación de esta resolución, muestren causa por la cual este tribunal no deba acoger el recurso de certificación interjurisdiccional y expedir el recurso. Se les advierte que, de no comparecer, se podrá atender la solicitud sin más citarles, oírlos o leerles”, indica la resolución.
La semana pasada, el DACO, elevó al Tribunal Supremo el caso que lleva contra la empresa LUMA Energy, mediante el cual busca que se declare inconstitucional la cláusula que releva a la compañía de responsabilidad por daños ocasionados a la ciudadanía como resultados de los apagones que se viven a diario.
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Según explicó la secretaria de la agencia, Valerie Rodríguez Erazo en Noticentro (Wapa TV), el pasado viernes en la tarde se presentó un recurso de certificación ante el máximo foro federal, para que se atienda el caso.
“LUMA hoy goza de un privilegio que ni tan siquiera el gobierno de Puerto Rico tiene. Si usted sufre un daño a manos del gobierno de Puerto Rico, usted puede demandar al gobierno, puede demandar a la AEE, pero a LUMA por esta inmunidad única que le otorgó el Negociado (de Energía de Puerto Rico), una resolución del 31 de mayo del 2021, usted puede reclamar y ellos se lavan las manos y no tienen porqué contestarle”, señaló la secretaria.
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Rodríguez Erazo afirmó que en horas de la mañana del lunes, la agencia aún no ha recibido respuesta del Supremo tras la petición realizada el pasado viernes en la tarde.
El pasado mes de julio, la agencia había presentado la demanda ante el Tribunal de Primera Instancia en San Juan.
El recurso legal va contra la Sección 4.1(g) del contrato entre LUMA y la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), aprobada en mayo de 2021 por el Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR). Según el DACO, esta disposición concede una inmunidad casi absoluta a LUMA, sus empleados y contratistas, sin intervención alguna de la Asamblea Legislativa, lo que representa una violación al principio constitucional de separación de poderes.
“El NEPR otorgó un cheque en blanco a LUMA para actuar negligentemente, dejando en estado de indefensión a los abonados de energía y a cualquier ciudadano que sufra daños por su actuación”, argumentó la agencia en su recurso judicial.
El DACO solicitó al tribunal que declare nula la cláusula impugnada, restableciendo así el derecho de los ciudadanos a presentar reclamaciones por daños causados por el operador del sistema eléctrico.