La gobernadora de Puerto Rico, Jenniffer González Colón, anunció la firma de tres leyes que impulsan la estabilidad administrativa del sistema educativo y promueven derechos esenciales en el ámbito de salud maternoinfantil.
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La ahora Ley 86-2025, derivada del Proyecto del Senado 233, enmienda la “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico” para autorizar al secretario de Educación a otorgar permanencia a aspirantes a director escolar que hayan ocupado el cargo de forma continua por un periodo no mayor de dos años, siempre que la plaza esté vacante.
La ley impacta la carrera de 352 directores escolares, de los cuales 329 son transitorios elegibles y 23 se encuentran en espera de determinación.
La mandataria firmó además dos proyectos de administración enfocados en la lactancia: uno crea el Código de Lactancia y otro la Ley de Banco de Leche Materna de Puerto Rico.
La actual Ley 87-2025, correspondiente al Proyecto del Senado 476, reconoce la lactancia como un derecho fundamental de las madres y como una herramienta de salud pública esencial para el desarrollo infantil.
El Código incluye disposiciones aplicables al sector público, privado y a la ciudadanía en general, promoviendo entornos laborales y comunitarios adecuados para la lactancia y así garantizar que las madres no enfrenten discriminación por lactar en lugares públicos o privados.
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Se busca fomentar la práctica de la lactancia desde el nacimiento hasta los 24 meses o más, y educar y promover la conciencia social sobre los beneficios de la lactancia.
La medida establece que toda madre trabajadora tendría derecho a 1 hora diaria dentro de su jornada laboral para lactancia o extracción, sin pérdida de salario.
Se imponen sanciones administrativas, civiles y penales a quienes infrinjan los derechos reconocidos por este Código.
Además, se declararía agosto como el “Mes de la Concienciación sobre la Lactancia”, con actividades educativas coordinadas por el Gobierno de Puerto Rico.
Finalmente, la Ley 88-2025, proveniente del Proyecto del Senado 477, establece la “Ley del Banco de Leche Materna de Puerto Rico”, creando una entidad sin fines de lucro adscrita al Departamento de Salud (DS).
El Banco estará dedicado a recolectar, procesar y distribuir leche materna donada bajo estrictos estándares de seguridad, orientado a neonatos hospitalizados que no pueden recibir leche directamente de sus madres.
Las operaciones iniciales se ubicarán en hospitales públicos y privados con Unidades de Cuidados Intensivos Neonatales (NICU) y la leche será recolectada exclusivamente a través de donaciones voluntarias.
El Banco de Leche estará regido por una Junta de Directores multidisciplinaria y personal capacitado que operará conforme a las guías de la FDA y la Human Milk Banking Association of North America, aplicando protocolos comparables a los de bancos de sangre.
Los bebés beneficiarios deberán contar con prescripción médica y consentimiento informado de sus padres, priorizando casos clínicos críticos como prematuridad, cirugías gastrointestinales e inmunodeficiencias.
Los planes médicos deberán incluir este servicio como parte de los beneficios esenciales de salud.
El estatuto provee una asignación inicial de $200 mil dólares para su creación y $75 mil anuales para su operación.