La secretaria de Justicia, Lourdes Gómez Torres, emitió una nueva orden administrativa que impone restricciones estrictas a fiscales, procuradores y demás empleados del Departamento de Justicia en cuanto a su relación con la prensa y la divulgación de información sobre casos activos.
La medida, que entró en vigor el pasado 13 de junio, centraliza el manejo de comunicaciones en la Oficina de Prensa y Comunicaciones de la agencia y refuerza la confidencialidad en las investigaciones en curso.
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La Orden Administrativa 2025-03 —a la que Metro Puerto Rico tuvo acceso— enmendó la política de confidencialidad establecida en agosto de 2023, con el argumento de alinearse a los protocolos del Departamento de Justicia federal. El nuevo esquema limita expresamente quiénes pueden hacer declaraciones públicas, prohíbe comentar sobre investigaciones activas sin autorización previa y regula las respuestas a solicitudes de entrevistas.
Orden Administrativa 25-03 - Enmienda OA 2023-07 sobre política confidencialidad investigaciones activas y... by Metro Puerto Rico on Scribd
“Ningún procurador, fiscal auxiliar o fiscal especial del Departamento estará autorizado a confirmar la existencia o emitir comentarios sobre investigaciones en curso”, establece la orden firmada por Gómez Torres.
Además, solo el secretario, el jefe de fiscales y los fiscales de distrito podrán ser portavoces oficiales sobre casos criminales. Otros fiscales solo podrán expresarse si son requeridos por las autoridades superiores y únicamente en casos de alto interés público.
Comunicación centralizada
Todas las solicitudes de prensa deberán canalizarse por la Oficina de Prensa y Comunicaciones, la cual también coordinará entrevistas, comunicados y publicaciones. Si un periodista contacta directamente a un funcionario, este debe referir la solicitud a la Oficina y notificar de inmediato a su supervisor.
Incluso cuando una entrevista se realice en el contexto de una vista judicial, el funcionario deberá limitar sus expresiones al proceso específico que se esté atendiendo y luego reportar su intervención.
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Lo que se puede —y no se puede— decir
La orden distingue entre información permitida tras la presentación de cargos —como el nombre y edad del acusado, el tipo de delito y los detalles del arresto— y lo que se prohíbe divulgar, incluyendo:
- Opiniones sobre la culpabilidad del acusado
- Declaraciones de testigos
- Evidencia anticipada o coartadas
- Procedimientos forenses o peritajes
- Fotos de los acusados, salvo que sea de récord público o por interés de seguridad
Informe semanal y control de casos mediáticos
Los fiscales de distrito ahora deberán entregar un informe semanal con los señalamientos de vistas de casos de alto interés público, así como un resumen posterior de lo ocurrido en el tribunal. También se requiere que notifiquen anticipadamente la radicación de cargos en casos de alto perfil, con al menos 48 horas de antelación.
La orden también designa enlaces entre las fiscalías y la Oficina de Prensa, y establece controles similares para divisiones especiales y áreas no criminales del Departamento.
La orden fue firmada el 13 de junio de 2025 y deroga cualquier disposición previa que contradiga las nuevas instrucciones.