El gobernador de Puerto Rico, Pedro Pierluisi, convirtió en ley una medida que tipifica como delito y castiga severamente el estrangulamiento no fatal, acción que el Departamento de Justicia cataloga como “un gran avance” en los esfuerzos para prevenir los feminicidios y fortalecer el procesamiento de casos de violencia de género.
“Esta ley permitirá procesar y penalizar esta conducta con la severidad que amerita, toda vez que estudios demuestran que quien comete estrangulamiento no fatal es un potencial feminicida y que su víctima tiene un riesgo de 700% de morir a manos de éste. La medida nos permite identificar a tiempo a potenciales feminicidas a tiempo y procesarlos al amparo de una disposición clara y específica”, expresó el secretario de Justicia, Domingo Emanuelli Hernández.
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El secretario destacó que otro de los beneficios de la ley es que apoya el desarrollo de planes de prevención de feminicidios íntimos al obtener y desarrollar datos estadísticos sobre la incidencia de estos delitos la Isla.
“La recopilación y análisis de los datos contribuye al desarrollo de política pública para la prevención de feminicidios, al tiempo que crea conciencia, tanto en la víctima como en la sociedad, sobre la peligrosidad de esta modalidad de violencia doméstica y los riesgos asociados al estrangulamiento no fatal”, puntualizó Emanuelli Hernández.
La ley elimina la posibilidad de que el agresor se beneficie de un programa de desvío cuando comete estrangulamiento en la modalidad de maltrato bajo la Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica.
El estatuto surgió de las iniciativas de prevención desarrolladas por el Departamento de Justicia de Puerto Rico enfocadas en educar y capacitar a todos los componentes del sistema de justicia sobre los efectos del estrangulamiento no fatal en las víctimas de violencia doméstica y el riesgo tan alto que enfrentan.
Por su parte, la directora de la División de Coordinación de las Unidades Especializadas de Violencia Doméstica, Delitos Sexuales y Maltrato a Menores del Departamento de Justicia, la fiscal Laura Hernández Gutiérrez, explicó que “la legislación ayudará en la comprensión de la prueba en los casos de estrangulamiento, tanto a los jueces como a los jurados. Permitirá a los fiscales identificar con especificidad el tipo de delito cometido y procurar la pena requerida, ya que define las distintas modalidades de estrangulamiento y asfixie. En casos que se ventilen por jurado, los jueces podrán impartir instrucciones sobre los elementos del delito de estrangulamiento y la prueba requerida para demostrarlo”.
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A través de la nueva ley también mejorará la atención médica que se le brinda a las víctimas de estrangulamiento, asegurando que sea adecuada y con premura para evitar muertes y secuelas permanentes, pues ordena al Departamento de Salud la creación de un protocolo para el manejo efectivo y apropiado de estos casos.
“Esta conducta dejará de pasar desapercibida porque el 50% de las víctimas estranguladas no presentan marcas visibles. Los daños ocasionados son internos y solamente pueden ser identificados por estudios médicos como MRI o autopsia en casos fatales”, añadió Hernández Gutiérrez.
El Departamento de Justicia, con el apoyo del Training Institute on Strangulation Prevention de San Diego, adiestró y certificó a sobre 400 fiscales, agentes investigadores, jueces, funcionarios de agencias gubernamentales y personal de organizaciones sin fines de lucro sobre la forma de identificar potenciales feminicidas y los mecanismos para prevenir el estrangulamiento.
Durante el 29 al 31 de mayo, la agencia ofrecerá el Curso Experto: Certificación como perito en casos de estrangulamiento a los fines de desarrollar peritos que testifiquen en los tribunales para probar este tipo de casos más allá de duda razonable. El evento es organizado por la Oficina de la Jefa de los Fiscales y la División de Coordinación de las Unidades Especializadas de Violencia Doméstica, Delitos Sexuales y Maltrato a Menores del Departamento de Justicia.