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Jesús Manuel Ortiz radica proyecto que propone cambios en programas de desvío

Se trata de una medida para enmendar la Ley 54 por violencia doméstica

Jesus Manuel Ortiz del PPD
Jesus Manuel Ortiz Archivo/Metro Puerto Rico. (Dennis A. Jones)

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El representante del Partido Popular Democrático (PPD), Jesús Manuel Ortiz, radicó una medida en la Cámara de Representantes con la cual propone enmendar la Ley de Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica, conocida como Ley 54.

Según se indicó a través de un comunicado de prensa, las enmiendas del Proyecto de la Cámara 2102 buscan mejorar el funcionamiento de los programas dirigidos a personas agresoras y garantizar fiscalización efectiva de estos.

“La violencia de género, especialmente la violencia doméstica, sigue siendo un problema grave en Puerto Rico. Reconozco que el enfoque punitivo por sí solo no es suficiente para erradicar este problema, por lo que es necesario implementar políticas públicas para identificación temprana y rehabilitación de los agresores”, expresó el legislador.

El proyecto propuesto, entre otras cosas, busca establecer que el acceso a los programas de reeducación y readiestramiento estará disponible únicamente para los casos en los que el agresor admita su responsabilidad y se comprometa a cambiar su conducta. Además, establecerá un término mínimo de dos (2) años para los programas de desvío. Actualmente, los programas de desvío relacionados a violencia doméstica tienen un requisito mínimo de un año.

“Buscamos que los agresores que sean referidos a los programas de desvío cumplan mínimamente dos años en el mismo para educarse y lograr un cambio en su conducta violenta, cosa que no ocurre en este momento. La ley establece un máximo de tres años en los programas de desvío, y un mínimo de un año y lo que queremos precisamente es que el agresor esté un tiempo considerable en los mismos”, agregó.”

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La medida radicada por el legislador establece además que, si la persona acusada decide ver el juicio en sus méritos y luego de la celebración de este, resulta convicta mediante fallo o veredicto de culpabilidad, la opción de acogerse al programa de desvío no estará disponible.

Según se desprende de la exposición de motivos de la propuesta legislativa, un estudio realizado por el Centro de Periodismo Investigativo en el 2021 encontró que no existen pruebas de que la Junta Reguladora de los Programas de Reeducación y Readiestramiento para Personas Agresoras haya realizado informe alguno sobre los programas que por Ley esta ordenada a fiscalizar.

El representante indicó que incluyó una disposición en la Ley que esta Junta, deberá remitir tanto al Gobernador como a la Asamblea Legislativa un Informe Anual, demostrativo de sus trabajos y recomendaciones, dando cuenta del número de solicitudes recibidas, licencias y certificaciones expedidas.

“Es sorprendente que hasta este momento no tengamos la certeza de que los programas de desvío relacionados con la Ley de Violencia Domestica funcionan pues, la Junta Reguladora de los Programas de Reeducación y Readiestramiento para Personas Agresoras ha estado inoperante y no ha producido informe alguno sobre los programas. Por eso hemos incluido que además de enviarle estos informes al Gobernador, la Asamblea Legislativa este en conocimiento de los trabajos y garantizar que la fiscalización se realice. De nada nos sirve declarar un estado de emergencia por violencia de género si las agencias destinadas a fiscalizar y ser parte no cumplen con su propósito”, añadió el también presidente de la Comisión de Gobierno de la Cámara.

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