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¿De qué trata la ley que permitió la salida del exconvicto Hermes Ávila Vázquez?

Asimismo, Metro Puerto Rico supo que Ávila Vázquez solicitó múltiples veces obtener este beneficio de la Ley 25.

Hermes Ávila Vázquez.
Hermes Ávila Vázquez. Hermes Ávila Vázquez. (Suministrada.)

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A medida que continúa el escrutinio sobre el caso de Hermes Ávila Vázquez, el exconvicto que logró salir de la cárcel tras fingir tener parapléjia y luego asesinó a Ivette Joan Meléndez Vega, se continúa analizando la Ley que permitió su pase extendido para salir de la institución hospitalaria.

Se trata de la Ley 25, la cual busca permitir que los reclusos que están bajo condiciones de salud terminales puedan irse con sus familiares en sus últimos momentos de vida. El presidente del Colegio de Abogados y Abogadas, Lcdo. Manuel Quilichini indicó a Metro Puerto Rico en qué consiste esta ley.

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“Hay condiciones severas, limitantes, que la cárcel no es el mejor sitio. Por ejemplo, una persona que está encamada. La Ley proveía para que esas personas luego de un análisis pudieran salir. El proceso es que el director médico, donde reside el confinado, hace una recomendación a nivel central. Se convoca a un panel de médicos que incluye especialistas en el área donde la persona tiene sus condiciones, evalúan el caso, el expediente, todo y entonces hacen una recomendación clínica si la persona cualifica o no cualifica para la Ley 25. Esa evaluación se le envía al Departamento de Corrección que, a su vez hace una evaluación desde el punto de vista de seguridad. Si la persona constituye o no un riesgo para la libre comunidad. Si todo está correcto, entonces se le da un pase extendido y se le excarcela“, explicó.

Aunque, el abogado explicó que existe otra posibilidad para que los confinados puedan salir, bajo los preceptos de la junta de Libertad bajo Palabra, pero conlleva que el individuo haya cumplido con un mínimo. La Ley 25 no tiene este requisito, pues una ”enfermedad terminal” puede llegar en cualquier momento.

Asimismo, el gobernador también tiene una “ley máxima”, donde puede perdonar, indultar y/o conmutar sentencias.

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“Esta persona, en el año 2016, había solicitado que se le excarcelara bajo los auspicios de la Ley 25. De hecho, nosotros fuimos los que evaluamos esa petición y se le denegó. ¿Por qué? Porque estar en una silla de ruedas no constituye una condición seria […] No lo limita. El que no pueda caminar no quiere decir que no pueda hacer otras cosas. Así que se debe hacer una investigación porque evidentemente la interpretación que utilizaron los médicos para recomendar que saliera de la cárcel fue errónea”, opinó.

Asimismo, Metro Puerto Rico supo que Ávila Vázquez solicitó múltiples veces obtener este beneficio de la Ley 25.

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“Yo estuve en el sistema en salud correccional, desde 2001 hasta el 2018, si no me equivoco esta persona en más de una ocasión nos pidió a nosotros la excarcelación por la cuestión que era parapléjico. La realidad es que eso no es una razón. Nosotros tenemos dentro del sistema, o teníamos dentro del sistema personas que tenían paraplejia y tenían otros problemas; que les faltaba un brazo y habían ciegos. Esas no son condiciones serias incapacitantes. Una condición seria incapacitante sería que fuera cuadrapléjico. Ya ahí no se puede mover, no tiene uso de las manos, no tiene uso de los pies, o que estuviese encamado, como por ejemplo con un Alzheimer, o que tuviese una condición que estuviese en estado vegetativo persistente. Esas son las condiciones serias que nosotros interpretamos eran las que la Ley cubría. […] El hecho de que esta persona insistentemente pidiese los beneficios de la Ley 25, ya eso de por sí solo levantó una bandera, porque quiere decir que esta persona estaba ansioso por salir y que sería capaz de hacer cualquier cosa.”, detalló.

Ante la posibilidad de que los médicos involucrados tengan implicaciones en su profesión, el licenciado aseguró que sí, de encontrarse la evidencia que demuestre que hubo negligencia.

De la misma forma, estableció que es necesario analizar los expedientes médicos para comprender dónde hubo las fallas en el caso.

“Una persona parapléjica, hay signos que tú puedes corroborar, pero además, por lo menos en los tiempos nuestros, cuando nosotros hicimos la evaluación, ya se nos había advertido de que habían rumores de que los oficiales correccionales lo habían visto caminando, lo habían visto levantarse de la silla“, reveló.

El licenciado indicó que, en este caso, “tienen que explicar los fundamentos para la recomendación para liberarlo”, instando que la Ley HIPPA ”no tienen nada que ver”.

Ante la investigación que llevará a cabo el Departamento de Justicia, el licenciado manifestó que es imprescindible que “hagan una investigación exhaustiva”.

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