Durante la vista oral ante el Tribunal de Apelaciones, las partes involucradas en el caso que busca descalificar a cinco candidatos del Movimiento Victoria Ciudadana (MVC) discutieron sobre la supuesta falta de legitimación activa.
El mes pasado el juez superior Anthony Cuevas, del Tribunal de San Juan, emitió un fallo que descalificó las candidaturas de Ana Irma Rivera Lassén quien aspiraba a comisionada residente, Myrna Conty y Mariana Nogales quienes buscaban un escaño en la Cámara de Representantes por acumulación, y Rafael Bernabe y Alejandro Santiago para el Senado por acumulación, debido a la falta de endosos, a pesar de que iban a enfrentarse en contiendas internas para las elecciones generales. Cuevas también descalificó la candidatura de Stephen Gil Álamo, de Proyecto Dignidad, para la Cámara por el distrito 38.
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Durante una vista oral del caso en cuestión, el presidente del panel del foro apelativo, el juez Félix Figueroa Cabán, enfatizó la importancia de examinar aspectos más amplios del ordenamiento electoral. Figueroa Cabán señaló que, si bien se ha debatido sobre la legitimación activa, este concepto debe ser analizado dentro del marco del Código Electoral.
“Hace falta considerar unos aspectos más generales de este ordenamiento. Estamos hablando desde esta mañana de legitimación activa, pero ese concepto hay que examinarlo en este Código Electoral”, dijo Figueroa Cabán.
El panel se compone por los jueces Félix Figueroa Cabán, Francisco Bonilla, Ana Mateu Meléndez y Annette Prats Palerm.
El abogado del MVC, Frank Torres Viada expresó su preocupación por la falta de neutralidad de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), y argumentó que el método alterno de selección de candidatos, que no requiere recoger endosos, debería ser suficiente garantía para quienes buscan participar en las elecciones. Torres Viada también señaló que el método alterno fue instaurado como una alternativa que no requería endosos, buscando una inversión de fondos públicos.
“Estos candidatos fueron certificados de sus propios partidos recogieron sus endosos y fueron reconocidos como candidatos... Esos candidatos demandantes sí van a poder participar y poco debería importar el que los candidatos del MVC haya o no hayan recogido endosos”, argumentó.
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La jueza Ana Mateu Meléndez realizó preguntas sobre la importancia de la de la fecha establecida en el proceso de presentación de candidaturas. Según el Código Electoral de Puerto Rico de 2020, las candidaturas deben presentarse desde el 1ro hasta el 30 de diciembre del año anterior a la próxima Elección General. En este caso la fecha límite fue el 2 de enero.
Además, se establecen otras fechas límites, todas consideradas como términos fatales. Los partidos políticos deben informar estas fechas en dos periódicos de circulación general al menos treinta días antes de la apertura del proceso de presentación de aspiraciones primaristas y candidaturas.
Ante ello, el abogado demandante Iván Antonio Rivera Reyes planteó que el MVC podría haber celebrado una asamblea previa al 30 de diciembre para seleccionar a sus candidatos antes de presentarlos ante la CEE el 2 de enero.
“El PNP inició el proceso con dos mese de anticipación, muy bien pudo el MVC hacer ese proceso y celebrar una asamblea antes del 2 de enero para ir y presentar su plancha”, comentó Rivera Reyes.
Sin embargo, el abogado de la parte interventora del Partido Nuevo Progresista (PNP), el licenciado Ramón Nieves Rosario, argumentó que cada partido tiene la responsabilidad de cumplir con los requisitos establecidos por la CEE, incluyendo la presentación de planillas y la realización de primarias si hay más de seis aspirantes por puesto.
El abogado de la CEE, Manuel Fernández, defendió la posición del organismo electoral, y afirmó que aquellos que no se certificaron como candidatos únicos deben cumplir con el recogido de endosos, y que corresponde a los partidos orientar a sus candidatos para que cumplan con los términos establecidos.
Por su parte el juez Federico Figueroa Cabán destacó la necesidad de conciliar aspectos más generales del ordenamiento jurídico en torno a la legitimación activa y el propósito del elector.
En medio de la discusión, los abogados expresaron posturas divergentes sobre el derecho del elector a participar y elegir en las urnas. Mientras Torres Viada enfatizó en el derecho de los candidatos a participar sin obstáculos indebidos, Rivera Reyes subrayó la importancia de aplicar las leyes electorales de manera uniforme para garantizar la igualdad de condiciones en la competencia electoral.
A la salida del tribunal, el licenciado Torres Viada expresó preocupación por la neutralidad de la CEE y la capacidad de los demandantes para litigar sobre el tema del standing. Torres Viada argumentó que la demanda no busca vindicar ningún daño específico, sino que se centra en el derecho de los electores a decidir quiénes están o no en los puestos electivos.
“El tribunal hizo muchas preguntas sobre ese particular, así que yo creo que hay una alta probabilidad de que la causa sea desestimada bajo esa consideración”, aseguró.
Señaló que los demandantes, quienes son candidatos del PNP y del Partido Popular Democrático (PPD), intentan interferir en la democracia al dictar quiénes pueden competir. Añadió que la defensa de estos candidatos proviene de los comisionados electorales de sus respectivos partidos, no de los electores. La disputa, descrita como una ‘demanda torpe’, busca privar a los electores de sus derechos y ganar en los tribunales lo que quizás no puedan ganar en las urnas.
“Aquí no hay ningunos electores que están sometiendo ninguna querella. Aquí hay unos candidatos del PNP y del Partido Popular Democrático, que son adversarios políticos, de mis clientes que pretenden que pretenden inmiscuirse indebidamente y dictarle a un partido de oposición como tienen que hacer las cosas”, explicó.
Por su parte, Ana Irma Rivera Lassén cuestionó la madurez de la controversia, señaló contradicciones en las acciones de la CEE y defendiendo el respeto al método alterno utilizado por el MVC.
“El mismo abogado de la comisión estatal de elecciones dijo que ellos me habían hecho nada porque la controversia no estaba madura, o sea que hay una serie de contradicciones ahí que prueba lo que hemos estado diciendo desde el principio la comisión estatal de elecciones nos dijo que no había que recoger endosos, había respetado y respetó el método alterno, el reglamento del movimiento victoria ciudadana y por eso no podían venir aquí a decir otra cosa”, declaró la también senadora.
Por otra parte, Rivera Reyes destacó que durante la audiencia, los jueces se centraron en el tema de la legitimación activa y cómo esta se relaciona con el daño real causado por la aplicación no uniforme de las leyes electorales. Argumentó que la discrepancia en la aplicación de la ley crea una distinción injusta entre los aspirantes, lo que podría socavar los pilares de la democracia representativa en Puerto Rico.
“Yo no renuncio al planteamiento inicial de que la legitimación es estatutaria, la ley establece que todo elector y los aspirantes no dejan de ser electores, tienen un derecho a que se aplique la ley de manera uniforme y aquí no se está aplicando de manera uniforme”, comentó Rivera a las afueras del tribunal.
El abogado subrayó la importancia de aplicar las reglas electorales de manera equitativa para garantizar la integridad del proceso democrático. Señaló que la ley electoral establece claramente los requisitos para todos los aspirantes, independientemente del método de nominación utilizado. Enfatizó que permitir excepciones a estos requisitos crearía una segunda categoría de aspirantes, lo cual sería injusto y perjudicial para el sistema democrático.
Rivera Reyes también defendió la actuación de la CEE, y argumentó que los reglamentos aprobados por la comisión no afectan el derecho de asociación de los aspirantes. Afirmó que estos reglamentos proporcionan una guía clara sobre cómo cumplir con los requisitos electorales de manera oportuna y equitativa.