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¿Cómo funciona y qué es el proceso de recusación electoral?

El experto en el proceso electoral, el profesor Héctor Luis Acevedo explica el proceso de recusaciones en la Comisión Estatal de Elecciones

Comisión Estatal de Elecciones. Hato rey. Metro PR 22 de junio de 2023
Candidaturas. CEE (Dennis A. Jones)

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El término ‘recusación’ ha cobrado relevancia en las últimas semanas tras las denuncias del Movimiento Victoria Ciudadana (MVC) sobre un supuesto esquema del Partido Nuevo Progresista (PNP) para recusar electores en el municipio de San Juan.

El exalcalde de San Juan por el Partido Popular Democrático (PPD) y profesor Héctor Luis Acevedo ofreció una explicación detallada sobre el proceso de recusaciones electorales.

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En una entrevista con Metro Puerto Rico, Acevedo explicó que las recusaciones son solicitudes para excluir a un elector del registro electoral, fundamentadas en razones como identidad errónea, falta de ciudadanía estadounidense o no residencia en la dirección registrada, entre otras, según lo establecido en los artículos 516 y 517 de la ley electoral.

“(Las recusaciones) se hacen si tú no eres la persona que dices ser, o no eres ciudadano de los Estados Unidos, o no estás domiciliado en la dirección en la que está inscrito o que estés fallecido, o que estés más de una vez en el registro, etcétera”, explicó Acevedo.

El exalcalde señaló que el período para presentar recusaciones va del 15 de enero al 30 de abril del año electoral, salvo aquellas relacionadas con la identidad el día de las elecciones.

El procedimiento de recusaciones de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) y el Código Electoral, establece que los partidos políticos o cualquier elector del precinto, podrán promover recusaciones. La recusación deberá ser juramentada ante cualquier miembro de la comisión local correspondiente, notario público, secretario del Tribunal, o funcionario autorizado por ley para tomar juramentos en Puerto Rico.

“Por ejemplo, si tú vivías en Cidra y te mudaste a Caguas no puedes votar por el alcalde de Cidra”, indicó Acevedo.

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El proceso implica la presentación de un formulario ante la comisión local correspondiente, seguido de una vista ante el juez presidente de dicha comisión, donde ambas partes pueden presentar argumentos y pruebas.

Acevedo resaltó la importancia de citar a la parte acusada de manera apropiada, ya sea personalmente o mediante un emplazamiento público por edicto, durante la vista. Además, enfatizó que en casos donde la recusación se basa en cambios de domicilio, la presentación de pruebas como testigos y evidencia de transferencias de residencia es crucial.

El exalcalde destacó que el objetivo principal de las recusaciones es garantizar la integridad del registro electoral y la legitimidad del proceso democrático, asegurando que solo aquellos elegibles participen en las elecciones correspondientes a su lugar de residencia.

MVC asegura proceso de recusación suprimiría el derecho al voto

Desde el pasado mes de diciembre la Comisionada electoral del Movimiento Victoria Ciudadana (MVC) ha denunciado que el proceso de recusación representa una carga onerosa tanto para el Estado como para el electorado.

Según la Comisionada, el MVC ha sido excluido de las Juntas de Inscripción Permanente, lo que dejaría al movimiento sin voz en decisiones cruciales sobre el proceso electoral. Además, critica que, en lugar de fomentar la participación electoral, el Partido Nuevo Progresista (PNP) está utilizando el proceso de recusación como una herramienta de persecución política.

“Entretanto, el PNP anuncia que comenzará a perseguir electores(as) en el proceso de “recusaciones”. Los mismos que han presentado Candidatos(as) para presidir la Comisión Estatal y que han votado fuera de sus propios precintos electorales. De hecho, durante el proceso de evaluación, pudimos confirmar que el Juez Rivera Rueda, nominado en dos ocasiones para presidir la CEE, violó el Código Electoral al votar en un municipio distinto al de su residencia durante los comicios electorales de 2020. Mas, a éstos no se les recusa”, aseguró Aponte.

La comisionada hizo un llamado a proteger la integridad del proceso electoral y los derechos civiles de la ciudadanía, instando a que el proceso de recusación no se convierta en una herramienta de persecución política.

Acusan a periodistas de fraude electoral

Por otra parte, Acevedo lanzó fuertes críticas contra el senador Thomas Rivera Schatz por su presunta intimidación hacia un periodista mediante el uso indebido de datos electorales.

Las expresiones de Thomas Rivera Schatz se centran en señalar movimientos de domicilio de periodistas, en la que insinuaba una posible falta de integridad en su labor profesional al relacionarlos con cambios de residencia.

En sus comentarios, Rivera Schatz menciona específicamente al periodista David Cordero Mercado, al experiodista Emanuel Estrada López y otros, y destacó sus movimientos de residencia y sugirió que podrían estar vinculados a intereses políticos.

“Lo que hizo Thomas Rivera Schatz fue un medio de intimidar a un periodista. El periodista si se mudó, pues debe hacer la transferencia, pero el senador no tenía derecho a tener acceso o tener el registro electoral ni publicar su dirección ni número electoral”, expresó Acevedo.

Según Acevedo, Rivera Schatz habría utilizado información privilegiada para presionar al periodista, lo que constituye un acto de chantaje y castigo injustificado. El exalcalde señala que el senador podría haber obtenido acceso a esta información debido a su posición como comisionado electoral en el pasado.

“Él te puede someter una recusación, pero tiene que explicar cómo tuvo acceso a esa información”, afirmó Acevedo. “Las listas electorales son propiedad de la comisión y solamente se pueden usar para fines electorales”.

La ASPPRO y el OPC calificaron estas acciones como un acto “demagógico” con la intención de “amedrentar periodistas en su labor informativa y fiscalizadora, especialmente en año electoral”. Así mismo, plantearon que se trata de un “asunto de gravedad” que viola el derecho a la intimidad y expone la seguridad de los electores.

La presidenta de la CEE emitió unas declaraciones en las que alega que las imágenes que circulan en redes no corresponden a base de datos oficial del organismo.

“El acceso al Registro únicamente es autorizado cuando se requiere estrictamente para propósitos operacionales, conforme la Ley dispone. Además, bajo ninguna circunstancia y sin distinción de persona, puede accederse en ausencia de balance. En atención a la preocupación presentada por las presidentas de la Asppro y la OPC, es meritorio señalar que la imagen y datos publicados en una red social ajena a la Comisión no provienen de ningún sistema que la CEE administre. De hecho, la Comisión no posee(,) y mucho menos mantiene en el Registro General de Electores, información sobre la profesión de ningún elector”, añadió Padilla Rivera. No se señala si iniciará una investigación sobre cómo los datos de la CEE acabaron en otra base de datos con clasificación de ocupaciones de las personas.

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