Tanto el gobernador, Pedro Pierluisi Urrutia, como el presidente de la Cámara de Comercio de Puerto Rico, el licenciado Ramón Pérez Blanco, se expresaron ante la reciente decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos, que dejó sin efecto la Reforma Laboral de 2022. Mientras el representante del sector privado espera que no se vuelvan a impulsar cambios a leyes laborales, el Primer Ejecutivo ya habla de tomar esa ruta.
El Tribunal Supremo de Estados Unidos rechazó este lunes una petición del gobernador de Puerto Rico, que buscaba dejar sin efecto la determinación de la jueza federal de quiebras, Laura Taylor Swain, sobre la Reforma Laboral de 2022.
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Pérez Blanco expresó su esperanza de que esta decisión proporcione un período de estabilidad al sector privado, que actualmente enfrenta desafíos debido a la incertidumbre en el ámbito laboral. Según Pérez Blanco, el derecho laboral puertorriqueño en su estado actual es costoso y resta competitividad a las empresas locales, por lo que la estabilidad en este aspecto es necesaria.
“Esperamos que, con esta decisión del Tribunal Supremo, la cual reafirma las decisiones de los tribunales inferiores, el sector privado obtenga una tregua en cuanto a los intentos incesantes de reformas laborales”, sostuvo Pérez Blanco a través de declaraciones escritas.
“El sector privado necesita certidumbre y estabilidad en cuanto a las reglas que aplican al aspecto laboral. El derecho laboral puertorriqueño en su estado actual es sumamente oneroso y le resta competitividad a las empresas locales, por lo que un periodo de estabilidad es bienvenido y muy necesario”, añadió.
Sin embargo, el gobernador Pedro Pierluisi Urrutia manifestó su confianza en la pronta aprobación de nuevas enmiendas a las leyes laborales. Tras completar los estudios fiscales requeridos y ante la inacción del Tribunal Supremo de Estados Unidos, Pierluisi expresó su disposición para avanzar con las reformas destinadas a restituir derechos a los trabajadores. El gobernador destacó que los estudios necesarios ya se han realizado y que espera que estas enmiendas sean concretadas antes de que finalice la sesión legislativa.
“Estamos listos para avanzar con las reformas que restituyen derechos a los trabajadores, los estudios están completos”, declaró Pierluisi Urrutia
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La forma en que se manejan las enmiendas en la Asamblea Legislativa es mediante proyectos separados en vez de una legislación única. Pierluisi enfatizó que los estudios confirman que estas enmiendas no afectarán negativamente a la economía, y está a la espera de la acción legislativa para proceder con las decisiones de firma.
“La decisión del Primer Circuito se fundamentó en la falta de estudios reclamados por la Junta bajo PROMESA. Ya se completaron esos estudios y hay múltiples proyectos legislativos en consideración que tratan las enmiendas propuestas”, señaló Pierluisi.
Esta reforma, conocida como Ley 41 - 2022, había sido objeto de controversia y debate desde su implementación. La Ley 41 modificaba la legislación laboral vigente, incluyendo cambios en periodos probatorios, vacaciones, bonos de Navidad, horas extras, interpretación de contratos de empleo y términos normativos para acciones contractuales, entre otros.
La decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos confirma la nulidad de la Ley 41 y, por ende, de las enmiendas propuestas. Esto significa que las disposiciones contempladas en la Ley 41 se consideran nulas desde su inicio, como si nunca hubieran existido. Con esta decisión, se restaura la legislación laboral implementada en 2017 durante la administración del entonces gobernador Ricardo Rosselló.
En marzo, bajó una decisión de la jueza Laura Taylor Swain, declarando nula la Ley 41-2022 que enmendaba la reforma laboral implementada en el 2017.
La decisión se dio luego de una demanda presentada por la Junta de Control Fiscal en septiembre del 2022 alegando que la Ley 41 “añadiría requisitos de la legislación laboral que afecta negativamente la flexibilidad del mercado laboral”.
Tras la invalidación de las modificaciones propuestas, los empleados pierden varios beneficios que se habían legislado. La legislación que se declaró nula había establecido que el periodo probatorio se mantuviera en su extensión original previo a los cambios del 2017, las vacaciones y licencias volvieran a sus condiciones previas, y las disposiciones ambigüas en los contratos laborales se interpretasen a favor de los empleados. Además, se restablecía el tope de 10 días para liquidar la licencia por vacaciones acumuladas y se conservaban las condiciones favorables en cuanto al pago de horas extras y bonos navideños.