El juez superior Daniel López González, del Tribunal de Primera Instancia, declaró “No ha lugar” la solicitud de desestimación de los cargos por Enriquecimiento Injustificado (Artículo 251 del Código Penal) y por violación al Artículo 4.6 de la Ley de Ética Gubernamental, que pesan contra el suspendido alcalde de Ponce, Luis Manuel Irizarry Pabón, preservando la continuación del proceso criminal que se lleva contra el funcionario, según trascendió el martes.
En la Resolución, se sostuvo el cumplimiento del deber ético de las Fiscales Especiales Independientes, Zulma Fúster Troche, Ileana Agudo Calderón y Fabiola Acarón Porrata-Doria, al determinarse que no había evidencia que requiriera ser descubierta por las fiscales.
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En un extracto pertinente sobre este particular, el Juez expuso: “…determinamos que la prueba solicitada por la defensa no constituye prueba impugnatoria, exculpatoria, beneficiosa o favorable que sea relevante a la inocencia o que aporte prueba que exonere al acusado, cuyo descubrimiento de prueba emana del debido proceso de ley y tiene que ser entregada por el FEI previo al juicio en la etapa de vista de causa para arresto (Regla 6) por lo que no procede la desestimación solicitada por la defensa”.
El caso continúa el 10 de abril de 2024.