Locales

Senado aprueba medida que propone divulgar el proceso de selección de contratos de privatización

Además, se aprobaron proyectos para enmendar la Ley 54

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Hemiciclo del Senado de Puerto Rico. (Suministrada)

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Con el fin de establecer el deber de divulgación de la Autoridad de Alianzas Públicas en relación a los procedimientos de selección de proponentes, el Senado de Puerto Rico avaló un proyecto que propone enmendar la Ley de Alianzas Público-Privadas para disponer un término para actualizar la reglamentación vigente.

De la autoría del presidente del Senado, José Luis Dalmau Santiago, el Proyecto del Senado 1061 propone realizar una amplia divulgación del proceso de evaluación, selección y adjudicación de los contratos de alianzas, el cual actualmente se realiza bajo un procedimiento de estricta confidencialidad.

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“Estas son las más recientes privatizaciones [LUMA Energy, Genera PR y San Juan Bay Cruise], pero podemos recordar otras alianzas como el de las autopistas que ha redundado en constantes incrementos en los peajes que afectan el bolsillo de los puertorriqueños o el transporte de lanchas con Vieques y Culebra que no ha mejorado el servicio, y cuyo privatizador se ha acogido a la ley de quiebras. El pueblo tiene el derecho de conocer el detalle de los contratos de alianzas antes de su firma para evaluar la prudencia del acuerdo en negociación”, sostuvo Dalmau Santiago.

En su turno sobre la medida, el presidente senatorial añadió que la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas se opone a la aprobación de la pieza legislativa, alegando que existe una necesidad de mantener la confidencialidad de los procesos para proteger secretos de negocios de los proponentes. Además, que la Ley Orgánica de la AAPP provee para la necesaria transparencia en sus procesos al divulgarse información de los contratos luego de completada la negociación y acuerdos de la alianza; y que el procedimiento existente brinda un balance adecuado entre promover la competitividad mediante la confidencialidad con el principio de transparencia al divulgarse el acuerdo ya finalizado.

Por otro lado, se aprobó el Proyecto de la Cámara 1583 propone reconocer el estrangulamiento, sofocación o asfixie posicional como una modalidad de maltrato grave, limitar el mecanismo de desvío ante una convicción por esta modalidad delictiva.

Asimismo, busca sancionar como asesinato en primer grado el estragulamiento, sofocación o asfixie posicional, así como atemperar el Registro de Personas Convictas por Violaciones a la Ley de Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica y el Registro de Personas Convictas por Delitos Sexuales y Abuso contra menores.

Del mismo modo, se aprobó el Proyecto de la Cámara 1607 que propone enmendar la Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica para corregir la citación del Artículo 2.1 que dispone que cualquier persona de 18 años o más de edad, que haya sido víctima de violencia doméstica o de conducta constitutiva de delito. En el contexto de una relación de pareja, podrá radicar por si misma, por conducto de su representante legal o por un agente del orden público una petición en el Tribunal y solicitar una orden de protección, sin que sea necesaria la radicación previa de una denuncia o acusación.

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