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Tribunal no da paso a certificación de Eliezer Molina como candidato al Senado

La demanda presentada por el activista ambiental fue declarada “no ha lugar”

Foto por: Dennis Jones
Eliezer Molina

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El activista ambiental y aspirante a un escaño por acumulación de manera independiente, Eliezer Molina Pérez, fue descertificado por el Tribunal de Primera Instancia en el caso que radicó contra la Comisión Estatal de Elecciones (CEE).

El juez superior Raúl A. Candelario declaró “no ha lugar” la petición de Molina Pérez para que se le certificara como candidato. Según el documento del tribunal, el activista ambiental no cumplió con las certificaciones de documentos requeridos que estaban en trámite y que le fueron requeridos por la CEE. Además, no se realizó la prueba de dopaje en su totalidad.

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“En conclusión, ante la letra clara y libre de ambigüedades del Código Electoral y su reglamentación aplicable y los hechos no controvertidos y aceptados por el propio Molina Pérez de que nunca presentó las certificaciones de que la documentación requerida estaba en trámite y de que no se realizó la prueba de detección de sustancias controladas completa y en el término de veinticuatro (24) horas, este tribunal no tiene discreción y se ve obligado a resolver que Molina Pérez no cumplió con todos los requisitos para ser certificado como candidato independiente al Senado por Acumulación. Molina Pérez debía entregar la evidencia de que había solicitado toda la documentación que faltaba en o antes del 2 de enero de 2024, según mandata la ley”, lee la sentencia del tribunal.

Sobre la entrega incompleta de la prueba de dopaje por parte de Molina, el tribunal indicó: “Reafirmamos que Molina Pérez debió haber presentado los resultados de prueba de detección de opioides, cocaína y marihuana, pero solo presentó los resultados de las pruebas de opioides y cocaína, teniendo así unos resultados incompletos”.

El 5 de febrero la Comisión Estatal de Elecciones determinó no certificar a Eliezer Molina como candidato independiente a la legislatura debido a que no presentó la evidencia correspondiente sobre los documentos que habían sido entregados.

El tribunal también añadió que la determinación no impide que Molina Pérez pueda aspirar a la posición por nominación directa, pero de resultar electo deberá cumplir con los requisitos de ley.

“Enfatizamos que la presente Sentencia no debe ser impedimento para que Molina Pérez pueda canalizar sus deseos de servir al pueblo de Puerto Rico, aspirando a una candidatura por nominación directa. Adviértase que de este recibir el favor del pueblo y resultar electo, deberá cumplir en su momento con los requisitos de ley y reglamento, incluyéndose las pruebas de detección de sustancias controladas, Panel de Drogas 5, según requeridas por la CEE, antes de poder ser certificado electo para asumir un cargo público en la Asamblea Legislativa”, indicó el tribunal.

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Sentencia caso de Eliezer Molina by Metro Puerto Rico on Scribd

¿Qué pasó en la vista argumentativa?

Durante la vista el pasado viernes, 23 de febrero 2024, se destacó que el abogado de Molina, Juan Antonio Corretjer, admitió que su cliente no se sometió a la prueba de detección de drogas dentro del plazo de 24 horas establecido por el reglamento de la CEE, aunque argumentó que el resultado fue presentado antes de la fecha límite del 31 de enero.

Por su parte, el abogado de la CEE, Félix Passalacqua, señaló que faltaba información relevante en el resultado de la prueba de detección de drogas. Molina, en respuesta, denunció lo que llamó “una patraña” y criticó el sistema judicial por su presunta parcialidad.

“Lo que ustedes están viendo es una patraña. Por qué este país ha cambiado entonces desde que nos enrollamos las mangas, soltamos los trajes y empezamos a defender nuestro país, el sistema constantemente ha ido en contra de nosotros. Nos han disparado a mí, a mi familia, a mis compañeros manifestantes, nos han perseguido y constantemente estamos viendo un patrón que quieren hacer la vida de uno pública en todo el sentido de la palabra”, aseguró Molina.

La defensa de Molina planteó que hubo un manejo inadecuado del expediente por parte de la CEE y cuestionó por qué se permitió a Molina recoger endosos si aún faltaban documentos.

“Esas certificaciones, podían ser presentadas 30 días, pero sin embargo él tenía que acreditar a la comisión estatal de elecciones que dicha certificación había sido peticionada al no tener si dichas certificaciones no fueron peticionadas el 2 de enero. Lamentablemente no cumplían porque entonces, de esa misma manera a los candidatos que se pudo pasar juicio valorativo en su momento, el 2 de enero, de todos los documentos le dicen no puedes participar porque en efecto no cumples con el mandato del código electoral, que es hasta el 2 de enero hasta el mediodía”, explicó el abogado de la CEE ante preguntas del juez Candelario.

El abogado de Molina argumentó que el juez debe equilibrar los requisitos legales supuestamente incumplidos por Molina con el interés de los electores que lo endosaron. La decisión final queda en manos del juez, quien dio plazo hasta el próximo lunes para que Molina responda a las mociones de desestimación presentadas en el caso.

Por otro lado, la CEE afirmó que permitió a Molina recoger endosos condicionalmente, requiriendo la presentación de los documentos y pruebas necesarios antes del 2 de enero.

Aunque Molina entregó todos los documentos antes del 31 de enero, no proporcionó evidencia de haberlos solicitado antes del 2 de enero, incluyendo ciertos documentos del CRIM y del Departamento de Hacienda.

El juez expresó preocupación porque Molina no entregó al tribunal ni a la CEE el referido para realizar la prueba requerida, cuestionando si el laboratorio fue informado de un plazo específico para entregar los resultados.

Se señaló que Molina se realizó la prueba el 2 de enero, luego de que el referido del laboratorio emitido el 30 de diciembre hubiera caducado. Además, la CEE no recibió el resultado de la prueba de uso de THC, aunque la defensa argumentó razones médicas.

La defensa proporcionó las fechas de entrega de copias de las planillas requeridas a la CEE, aunque no presentó evidencia de la entrega al tribunal.

En medio de las discusiones, el juez cuestionó si debían priorizar el cumplimiento de la entrega de documentos sobre el interés del elector.

Respecto al juez encargado del caso, Molina destacó su ecuanimidad, pero criticó la intervención del abogado del Partido Nuevo Progresista (PNP), el licenciado Francisco González, insinuando que están manipulando el proceso para impedir su representación en el senado.

Eliezer Molina destacó un momento durante la audiencia en el que el juez Raúl A. Candelario López cuestionó al abogado del PNP sobre la presentación de documentos exigidos, sugiriendo que podrían ser entregados después de las elecciones. Esto, según Molina, evidencia un intento de manipular el proceso electoral para evitar su participación como candidato independiente.

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